El 3 de mayo, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) dio luz verde al procedimiento para el retiro extraordinario y opcional de fondos del Sistema Privado de Pensiones. Este retiro está disponible para todos los afiliados y permite la extracción de hasta cuatro unidades impositivas tributarias (UIT), equivalentes a S/ 20 600.
La normativa, oficializada mediante la Resolución SBS 01623-2024 y publicada en el boletín Normas Legales del Diario Oficial El Peruano a principios de mayo, establece que las administradoras de fondos de pensiones (AFP) deberán efectuar el primer desembolso a los afiliados a más tardar el 14 de junio de este año.
Para aquellos afiliados que opten por retirar sus fondos, la solicitud debe ser presentada indicando el monto deseado dentro de un plazo máximo de 90 días calendario desde la entrada en vigor de la resolución, el 20 de mayo de 2024.
Créditos del video: Youtube | RPP Noticias
¿Qué pasa si deseo desistir del desembolso?
Si un afiliado decide retractarse de su solicitud de retiro, puede hacerlo notificando a la AFP, una sola vez, hasta 10 días calendario antes de la fecha programada para cualquier desembolso. Esto es lo que deberás hacer:
- Comunícate a tu AFP a través de sus canales de atención (página web, teléfono o correo,) Ingresa aquí para ubicar los canales de atención: https://www.asociacionafp.pe/contactanos/
- Presenta tu solicitud de desistimiento.
- Espera la confirmación de la anulación de un pago futuro programado.