Seguro Social USA: ¿Cómo solicitar la suspensión de tus beneficios y cuándo hacerlo?

Suspender los beneficios del Seguro Social puede ser una opción para aumentar los pagos futuros si has alcanzado la plena edad de jubilación.

Seguro Social USA: Esta medida es especialmente útil si deseas aumentar el monto de tus beneficios a largo plazo o si tus circunstancias cambian.
Seguro Social USA: Esta medida es especialmente útil si deseas aumentar el monto de tus beneficios a largo plazo o si tus circunstancias cambian.
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Para las personas que reciben beneficios del Seguro Social en Estados Unidos, existe la opción de solicitar la suspensión de dichos pagos bajo ciertas condiciones. Esta medida es especialmente útil si deseas aumentar el monto de tus beneficios a largo plazo o si tus circunstancias cambian. La solicitud de suspensión solo está disponible para aquellos que han alcanzado la plena edad de jubilación pero aún no han cumplido 70 años.

Cuando suspendes voluntariamente tus beneficios, dejas de recibir pagos, pero acumulas "créditos de jubilación aplazados", lo que resultará en pagos más altos cuando decidas reanudar los beneficios. Esta suspensión puede ser beneficiosa si, por ejemplo, recibes otros ingresos o prefieres retrasar los pagos para maximizar el beneficio futuro.

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¿Cómo y cuándo solicitar la suspensión?

Para solicitar la suspensión de tus beneficios, puedes hacerlo en cualquier momento después de alcanzar la plena edad de jubilación, pero antes de cumplir 70 años.

La solicitud puede hacerse de manera oral o por escrito a la Administración del Seguro Social (SSA, por sus siglas en inglés). Es importante tener en cuenta que la suspensión entra en vigor el mes siguiente al que se solicita, y los pagos se reanudan automáticamente cuando cumplas 70 años. Sin embargo, si cambias de opinión, puedes solicitar que se reanuden antes de esa edad.

Es crucial considerar que, al suspender tus beneficios, las personas que reciban beneficios bajo tu registro también dejarán de recibirlos, excepto en el caso de un cónyuge divorciado. Además, si estás inscrito en Medicare Parte B, deberás pagar las primas directamente, ya que no se podrán deducir de los beneficios suspendidos.

Créditos: María Díaz Seguro Social | @mariadiazsegurosocial

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