Uscis: ¿Quiénes pueden extender su estadía con una visa de turista?

En caso de que necesites extender tu estadía en Estados Unidos, conoce si puedes acceder a una extensión de tu visa de turista.

Uscis: En caso de tener la necesidad de realizar este trámite, se le recomienda realizarlo 45 días antes de finalizar su estancia.
Uscis: En caso de tener la necesidad de realizar este trámite, se le recomienda realizarlo 45 días antes de finalizar su estancia.
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Existen situaciones por las cuales las personas que se encuentran en Estados Unidos con una visa de turista y están en la necesidad de extender su estadía. En el caso de que haya vencido el tiempo y quiera salir del país, puede recibir alguna sanción, a menos que soliciten la extensión de su estadía.

Las personas que pueden solicitar ello, tienen que cumplir con una serie de requisitos, dependiendo de la visa que tienen. Conoce en esta nota quienes sí pueden solicitar ello.

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¿Quiénes pueden extender su visa?

De acuerdo con el portal oficial del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (Uscis, por sus siglas en inglés), solamente las personas que cumplan con estos requisitos pueden solicitar la extensión de su visa mediante el Formulario I-539:

  • Ser admitido legalmente en Estados Unidos con una visa no migrante
  • El estado de la visa de no migrante sigue siendo válido
  • No ha cometido ningún delito que lo haga inelegible
  • No ha violado las condiciones de su admisión
  • Su pasaporte es válido y lo será durante la estancia.

A pesar de cumplir esos requisitos, si has ingresado a Estados Unidos mediante alguna de estas condiciones, no vas a poder solicitar la extensión de tu visa:

  • Programa de Exención de Visa
  • Miembro de Tripulación (visa de no inmigrante D)
  • En tránsito a través de Estados Unidos (visa de no inmigrante C)
  • En tránsito por Estados Unidos sin visa (TWOV)
  • Prometido(a) de un ciudadano estadounidense o dependiente de un(a) prometido(a) (visa de no inmigrante K)
  • Informante (y familiares acompañantes) sobre terrorismo o crimen organizado (visa de no inmigrante S)

En el caso de tener la necesidad de presentar el Formulario I-539, se le recomienda hacerlo por lo menos 45 días antes del vencimiento de su visa para evitar problemas.

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