De acuerdo con la Ley de Inmigración y Nacionalidad de Estados Unidos (INA, por sus siglas en inglés), existen algunos casos en donde la embajada negará para siempre la visa. Uno de ellos tiene que ver con la sección 212(a)(6)(C)(i), la cual tiene que ver con que el usuario hizo fraude y no presentó la información correcta.
La autoridad encargada de dar el visto bueno para la visa americana es el cónsul después de realizar la entrevista en la embajada de Estados Unidos. Por esa razón, hay que ir bien preparados y, sobre todo, con la información en orden para evitar un posible rechazo.
“Al realizar entrevistas de visa, los oficiales consulares examinan cada solicitud individualmente y consideran las circunstancias, los planes de viaje, los recursos financieros y los vínculos del solicitante que se encuentran fuera de los Estados Unidos, lo que garantizará la salida del solicitante después de una visita temporal”, señalan en la página de Travel.State.Gov.
Crédito del video: Youtube | @Juan Salvador
“Esta es una inelegibilidad permanente, por lo que cada vez que solicite una visa, se le determinará que no cumple los requisitos por este motivo”, remarcan.
Otras razones por las que pueden negar la visa americana:
- No completó completamente la solicitud de visa y/o no proporcionó toda la documentación de respaldo requerida - Sección 221(g) de la INA.
- No demostró su elegibilidad para la categoría de visa solicitada ni superó la presunción de ser un posible inmigrante - Sección 214(b) de la INA.
- Fue condenado por un delito que implicaba depravación moral (artículo 212(a)(2)(A)(i)(I) de la INA).
- Fue condenado por una violación de las leyes sobre drogas (artículo 212(a)(2)(A)(i)(II) de la INA).
- Tiene dos o más condenas penales por las cuales la sentencia total de confinamiento fue de 5 años o más - Sección 212(a)(2)(B) de la INA.
- No proporcionó una declaración jurada de apoyo adecuada cuando se le solicitó; por lo tanto, se le negó el asilo por carga pública - INA sección 212(a)(4).
- Anteriormente permaneció más tiempo del autorizado en los Estados Unidos - Sección 212(a)(9)(B)(i) de la INA.