La visa R-1 está destinada a personas vinculadas exclusivamente con actividades religiosas. Para calificar, es necesario estar autorizado por una institución eclesiástica y estar exento de impuestos.
De acuerdo con las directrices de Estados Unidos, solo ciertos perfiles pueden obtener esta visa: sacerdotes, ministros episcopales, monjes, rabinos, budistas y diáconos. También pueden optar a ella aquellos que ocupen cargos adicionales siempre que estén relacionados con actividades eclesiásticas.
Crédito del video: Youtube | @Maney | Gordon | Zeller, P.A.
¿Cuáles son los trabajos que pueden realizar las autoridades religiosas con esta visa?
De acuerdo a Estados Unidos, las ocupaciones religiosas que son elegibles para solicitar la visa R, son las siguientes:
- Miembros del clero: Los sacerdotes, ministros, rabinos, diáconos, etc.
- Otros miembros religiosos: Consejos, misioneros, cantores, instructores, traductores, etc.
Por otra parte, el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (Uscis, por sus siglas en inglés) no considera como “trabajador religioso” a las personas con puestos administrativos, tales como: porteros, estudiantes, personal de mantenimiento y recaudadores de fondos.
¿Qué considera Estados Unidos como religión?
- Tener creencias compartidas.
- Poseer un código de doctrina en común.
- Contar con un sistema de culto en común.
- Poseer lugares de congregación.