Miles de personas emigran hacia Estados Unidos a través de la frontera con México, por esta razón se ha generado una demanda sin precedentes de solicitudes de asilo en los tribunales del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (Uscis, por sus siglas en inglés)
En ese sentido, si una persona se encuentra en Estados Unidos por asilo, debe tener en cuenta una serie de plazos que debe cumplir para tener el estatus migratorio. A la respuesta de solicitud se le llama “reloj de asilo”.
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¿Qué es el reloj de asilo?
El “reloj de asilo” es un contador que marca el tiempo que una solicitud de asilo lleva esperando una respuesta, ya sea en Uscis o en un tribunal de inmigración bajo la jurisdicción de la Oficina Ejecutiva de Revisión de Casos de Inmigración (EOIR, por su siglas en inglés).
Los centros de servicios de Uscis son los encargados de evaluar las solicitudes de autorización de empleo, Formulario I-765, y emplean el denominado “reloj EAD de 180 días” como criterio para determinar si un solicitante de asilo es elegible para obtener un permiso de trabajo.
Para averiguar cuántos días hay en su reloj de asilo, un inmigrante debe revisar el aviso de su recibo para ver la fecha en que Uscis recibió su solicitud de asilo. Luego, se deben agregar 150 días a esa fecha para averiguar cuándo se puede solicitar el permiso de trabajo.
¿En qué casos se puede parar?
Uscis detalla que el reloj de asilo se puede “parar” o “reiniciar” por estas razones:
- El inmigrante falta a una de sus entrevistas en Uscis.
- Se falta a una cita con los servicios biométricos.
- La persona se mudó lejos y Uscis trasladó su caso a otra oficina de asilo.
Créditos: YouTube | @fpcfinancialservices