Estados Unidos: ¿Qué debo hacer si mi cónyuge es indocumentado y yo ciudadano?

Muchas personas buscan la boda perfecta, pero cambian las prioridades en el caso que alguna de las partes no sea un residente legal permanente en Estados Unidos. Conoce en esta nota el trámite a realizar.

Residentes en Estados Unidos: Los documentos solicitados dependen si hay un ingreso legal o irregular al país norteamericano.
Residentes en Estados Unidos: Los documentos solicitados dependen si hay un ingreso legal o irregular al país norteamericano.
Ilustración

El momento del matrimonio es uno de los más felices de las parejas. Sin embargo, requieren una serie de documentos, de los cuáles no es obligatorio poseer residencia ni ciudadanía. Si bien hay personas que lo realizan por ‘papeles’, también existen las personas que lo realizan por amor sincero.

En caso tu seas ciudadano americano y tu pareja no sea residente, revisa en esta nota los trámites que debes realizar para ayudarlo.

Estados Unidos: ¿Cómo ayudar a mi cónyuge?

Si pueden demostrar que el matrimonio es por amor sincero y no por los ‘papeles’, se le puede conceder la residencia permanente al cónyuge. Sin embargo, esto depende del método de ingreso a Estados Unidos.

En el caso que haya realizado una entrada legal, sin importar si es avión, mar o tierra, el proceso es más sencillo. Para esto solo necesitas un ajuste del estatus migratorio y necesitas presentar el Formulario I-485, Solicitud de Registro de Residencia Permanente o Ajuste de Estatus en el siguiente enlace.

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Por el otro lado, si el cónyuge realizó un ingreso ilegal a Estados Unidos, la situación se complica. En el caso de haber pasado más de 180 días en territorio norteamericano, deberán de salir del país y presentar una entrevista en una embajada o consulado en el extranjero.

Ahí tendrá que pasar una entrevista para solicitar la Green Card, sin embargo, es posible que se les imponga una penalización por el ingreso de manera ilegal. Para ello deberá de solicitar la exención o perdón migratorio.

Para ello, deberá de solicitar el formulario I-130, Petición de Familiar Extranjero en el siguiente enlace y este tendrá una respuesta de demoa de 6 meses. Sin embargo, en caso de recibir alguna sanción, podrá presentar el formulario I-601ª en el siguiente enlace. Sin embargo, si presentas tu formulario antes de salir del país, puedes tener mayor certeza de poder regresar al país.

Un inconveniente que puede surgir es si las personas tienen algún antecedente penal, de los cuales, algunos tienen prohibición de ingreso. Por lo cual, deben de comprobar ello con un abogado.

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