Estos son los requisitos para solicitar descuentos al peaje por congestión en Manhattan

Algunos conductores y vehículos pueden tener descuentos o exenciones en el peaje de la zona de alivio de congestión de Manhattan en Nueva York. Conoce los requisitos y cómo obtenerlos.

Peaje por congestión en Nueva York: Los objetivos de esta medida son reducir tráfico y contaminación vehicular y aumentar los ingresos para el transporte público.
Peaje por congestión en Nueva York: Los objetivos de esta medida son reducir tráfico y contaminación vehicular y aumentar los ingresos para el transporte público.
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Desde el 5 de enero entró en vigor en Nueva York la medida del peaje por congestión. Esta medida cobra los conductores por entrar en la llamada Zona de Alivio de Congestión en Manhattan (calles y avenidas locales en la calle 60 o más abajo).

Durante las horas pico de tráfico (de 5 a. m. a 9 p. m. entre semana y de 9 a. m. a 9 p.m. los fines de semana), la mayoría de los vehículos, todoterrenos, furgonetas pequeñas y camionetas con E-ZPass pagarán U$D 9 una vez al día.

A continuación podrás conocer los requisitos para obtener descuentos o ser exento del peaje.

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Estas personas pueden obtener descuentos para el peaje por congestión

Las personas que pueden obtener descuentos para el peaje por congestión son las siguientes:

  • Los propietarios de vehículos de bajos ingresos inscritos en el Plan de Descuento para Personas de Bajos Ingresos (LIDP, por sus siglas en inglés) tienen derecho a un descuento del 50%. Este descuento comienza después de los primeros 10 viajes de un mes calendario y se aplica a todos los viajes en temporada alta posteriores.
  • Los residentes de la Zona de Alivio de la Congestión, conocido como el Distrito Comercial Centra, cuyo ingreso bruto ajustado del estado de Nueva York sea inferior a U$D 60 000 pueden calificar para un crédito fiscal por el monto de los peajes pagados.

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Personas y vehículos exentos del peaje por congestión

Las personas y vehículos exentos del peaje por congestión son las siguientes:

  • Las personas dentro del Plan de Exención por Discapacidad Individual (IDEP, por sus siglas en inglés) que cuenten con un vehículo a su nombre o al de alguien designado para el transporte del solicitante.
  • Vehículos de emergencia calificados según lo define la Ley de Vehículos y Tránsito del Estado de Nueva York.
  • Los autobuses escolares contratados por el Departamento de Educación de la Ciudad de Nueva York.
  • Vehículos de propiedad pública diseñados específicamente para realizar obras públicas.

Créditos: YouTube | @noticias

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