El Poder Ejecutivo podrá promover, fomentar y agilizar la inversión pública y privada, así como las asociaciones publico privadas y la modalidad de obras por impuestos.
Desde mañana jueves 02 de julio el Ejecutivo podrá legislar en materia administrativa, económica y financiera, por un plazo de 90 días calendario.
El Congreso de la República publicó en el Diario Oficial El Peruano la Ley que delega de tales facultades al Gobierno.
Con esto, el Poder Ejecutivo podrá promover, fomentar y agilizar la inversión pública y privada, así como las asociaciones publico privadas y la modalidad de obras por impuestos.
¿Qué se le está permitido?
Facilitar el comercio a nivel nacional e internacional, eliminar las regulaciones que considere excesivas, facilitar la provisión de servicios de transporte acuático en la Amazonía, dónde no exista la oferta privada suficiente.
Podrá perfeccionar la regulación en las actividades de generación y distribución eléctrica y de electrificación rural, así como dictar el marco general para la interconexión internacional de los sistemas eléctricos y el intercambio de electricidad.
Además de promover el consumo de recursos marinos por medio del desarrollo de la acuicultura; impulsar la innovación, la transferencia tecnológica, la mejora de la calidad, el desarrollo e implementación de los parques industriales y ecosistemas productivos; así como se fortalecerá los Centros de Innovación Tecnológica (CITE).
Asimismo, incentivar el acceso a la vivienda y formalización de propiedades; reforzar la rectoría en saneamiento para promover, modernizar y optimizar la infraestructura, así como los servicios de saneamiento y sostenibilidad de recursos hídricos.
Podrá otorgar incentivos fiscales para la promoción de fondos de inversión de bienes inmobiliarios, el arrendamiento de inmuebles para vivienda e impulsar el mercado de factoring.
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