El ente de justicia también aseguró que padres del mismo sexo pueden ejercer la jefatura de familia.
El Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela (TSJ) falló hoy a favor de las familias con padres del mismo sexo y determinó que los hijos que estas parejas tengan por reproducción asistida gozarán de todos los derechos previstos en la legislación.
La Sala Constitucional del TSJ declaró fundada una acción de amparo que introdujo el abogado José Manuel Simons a favor de Migdely Miranda, una venezolana que dio a luz en Argentina al hijo de Ginyveth Soto, su esposa, que donó el óvulo fecundado que fue sembrado en el vientre de aquella.
El caso. La pareja intentó registrar en Venezuela la partida de nacimiento del infante que en Argentina fue inscrito como Salvador Gabriel Soto Miranda pero, mientras esperaba un pronunciamiento del Consejo Nacional Electoral (CNE), Ginyveth Soto fue asesinada en Caracas. Cuatro meses más tarde la institución resolvió admitir los datos del niño sin el apellido de su madre biológica y Miranda acudió ante un tribunal que determinó que Gabriel Salvador no era hijo de Soto y, por ende, no tenía derecho a heredar el patrimonio de esta.
Además, la Sala interpretó el artículo 75 de la Constitución y dictó que la jefatura de las familias pueden ejercerlas las familias homoparentales, "y los niños, niñas y adolescentes nacidos en estas familias tienen la protección del Estado al igual que cualquier otro niño que haya nacido dentro de una familia tradicional". Simons cree que esta decisión constituye "un gran paso" para toda la población de Lesbianas, Gais, Bisexyuales, Trans e Intersexuales (LGBTI) en un país donde no es legal el matrimonio homosexual ni la adopción a parejas del mismo sexo. (EFE)
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