Durante toda la historia, la relación del médico con el paciente fue usualmente paternalista: el paciente escogía un especialista y se entregaba en sus manos para que hiciese todo lo que consideraba necesario para curarlo o aliviarlo. El médico, por su parte, decidía cuanto convenía contarle al paciente sobre su enfermedad y sus posibilidades de cura. Con frecuencia el paciente, sobre todo si tenía una enfermedad grave como el cáncer, no recibía ninguna información.
A partir de los años 70 se inició un cambio, buscando que la relación entre médico y paciente sea más horizontal. Hay una serie de factores que dificultan el trato más humano del paciente, como por ejemplo las condiciones de trabajo de los médicos, a los que usualmente les dan límites en el tiempo de atención de 15 minutos por consulta. ¿Cómo escuchar, examinar, recetar y explicar a los pacientes las cosas en ese tiempo? Imposible.
A pesar de las dificultades en el sistema de salud, tenemos que tener conciencia de cuáles son los principios que deberían regir la relación médico- paciente: los deberes y derechos que tiene cada paciente para que esa relación salga fortalecida y permita la mejor atención posible.
Les traigo acá dichos principios, tomados de la clínica San Felipe- donde trabajo-, y que están acordes a los lineamientos dados por SUSALUD. Principios válidos tanto para la medicina privada como para la pública.
Derecho a la atención
- A un servicio de calidad y seguro, de acuerdo a los protocolos establecidos.
- Con amabilidad y a ser llamado por su nombre.
- Digna, respetando la privacidad del paciente, revisando que la información médica no se entregue a personas distintas del paciente, o autorizadas por este.
- Usted puede solicitar un informe médico sobre la atención brindada o una copia de su historia clínica.
- Recibir atención de emergencia. Se considera Emergencia, todos aquellos diagnósticos circunscritos en la Ley 27604. El reglamento, establece las obligaciones, procedimientos, y responsabilidades para la atención médico quirúrgica en casos de emergencia y partos en situación de emergencia obstétrica, en todos los establecimientos de salud a nivel nacional, públicos, no públicos y privados, así como los mecanismos para su supervisión, a fin de proteger la vida y la salud de las personas.
- En el idioma que hable.
- A la libre elección de su médico y a una segunda opinión médica.
Derecho a conocer
- La información oportuna y completa sobre su estado de salud.
- Sobre su enfermedad, tratamientos, pronósticos y resultados. De igual modo, estar informado de cuándo y cómo recibirá los resultados de pruebas o intervenciones.
- Las indicaciones al alta.
- El nombre y especialidad del personal encargado de su atención.
- Los costos de su atención, así como a las normas administrativas vinculadas a su atención.
- Información sobre métodos de planificación familiar y decidir libremente qué método anticonceptivo usar.
- Que en las recetas médicas se consigne con letra clara: el nombre genérico del medicamento, la presentación, dosis y vía de administración, así como el nombre y número de colegiatura del profesional.
- Que el libro de Reclamaciones puede ser solicitado a la Ejecutiva de Servicio de Atención al Paciente o en el Área de Emergencia.
- Información sobre su traslado dentro o fuera de la institución.
Derecho a elegir
- Puede aceptar o rechazar cualquier tratamiento y/o pedir su alta voluntaria.
- No ser grabado ni fotografiado con fines de difusión sin su permiso.
- Participar o negarse a ingresar en estudios clínicos si se califica su participación.
- Recibir visitas, compañía y asistencia espiritual.
- Autorizar al médico tratante a efectuarle una cirugía o un procedimiento invasivo, firmando el consentimiento informado indicado. La firma de dicho documento ratifica que su médico le explicó claramente el procedimiento o cirugía que le van a realizar, sus riesgos y la existencia de otras alternativas de tratamiento.
• Cumplir con el tratamiento recomendado. Asumir responsabilidad por las consecuencias si se rehúsa a hacerlo.
• Brindar información veraz y exacta sobre sus antecedentes clínicos, enfermedades, identidad y dirección.
• Dar un trato respetuoso, digno y sin discriminación al personal médico, administrativo, asistencial y de soporte.
• Cumplir con el pago de los servicios médicos recibidos.
• Informarse acerca de los horarios de atención y los procesos de canalización de sugerencias y reclamos.
• Dirigirse con respeto a las personas, sean pacientes o personal de la Clínica y respetar sus normas vigentes establecidas.
• Cuidar y hacer buen uso de las instalaciones del establecimiento de salud.
• Informar de inmediato los efectos adversos que causen los medicamentos recetados.
• Colaborar en casos de emergencia siguiendo las recomendaciones del personal de salud
Es importante que el paciente sepa sus derechos y cumpla sus deberes. No se imaginan lo frecuente que es por ejemplo que la gente falte sin avisar a sus citas o no tome lo que el médico receta sino que lo cambie por cualquier cosa que le recomienden en la farmacia. Si uno quiere una buena atención, debe poner también de su parte. Si ambas partes lo hacen, todos ganan.