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Sunat: Hoy vence plazo para que Mipymes fraccionen deudas

Sunat: Mipymes pueden acogerse hasta hoy a fraccionamiento especial de deudas tributarias.
Sunat: Mipymes pueden acogerse hasta hoy a fraccionamiento especial de deudas tributarias. | Fuente: Andina

Las Mipymes que se acojan al fraccionamiento especial de deudas tributarias podrán reducir intereses y multas hasta en 90%.

Hoy 31 de julio vence el plazo para que la micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes) con deudas impugnadas o en cobranza coactiva al 30 de setiembre de 2016 puedan acojerse al Fraccionamiento Especial de Deudas Tributarias (Fraes), informó la Superintendencia de Aduanas y Administración Tributaria (Sunat).

Beneficios. La Supervisora de la División Central de Consultas de la Sunat, Cecilia Ayllón, explicó que el Fraes reduce los intereses y multas hasta en un 90% del total, si la deuda es inferior o igual a las 100 UIT(405 mil soles).

Precisó que si el pago de los intereses y multas se realiza al contado “hay un descuento adicional” del 20%.

También precisó que hay un beneficio de la extinción de cuotas, la cual no se prorratea entre las cuotas a las que se acogió el contribuyente, sino que se producen al final del plazo fraccionado.

Mipymes con ventas de hasta 2.300 UIT podrán acogerse hasta hoy al FRAES y reducir intereses y multas hasta en 90%.
Mipymes con ventas de hasta 2.300 UIT podrán acogerse hasta hoy al FRAES y reducir intereses y multas hasta en 90%. | Fuente: Andina

¿Cómo acogerse? “La forma en la que el contribuyente se puede acoger al beneficio es ingresando al portal de la Sunat (www.sunat.gob.pe) con su clave SOL, y luego en la opción de fraccionamiento Fraes aparecerá la deuda que puede ser acogida al beneficio”, indicó Ayllón.

La funcionaria señaló que este procedimiento es gratuito y totalmente virtual que se puede realizar desde una computadora de escritorio, portátil u otro dispositivo con conexión a Internet.

“Es un acogimiento virtual y Sunat previamente ya evaluó y estableció cuales son las deudas con las que el contribuyente puede acogerse al Fraes”, dijo.

Requisitos. Pueden acogerse las microempresas que registren ventas anuales hasta por 150 UIT (S/ 607.500), las pequeñas empresas con ventas entre 150 UIT y 1,700 UIT (S/ 6’885.000), así como también las medianas empresas con ventas por 1,700 UIT a 2,300 UIT (S/ 9’315.000). 

Ayllón refirió que el Fraes forma parte del paquete de medidas que dictó el Poder Ejecutivo al amparo de la delegación de facultades que le dictó el Congreso, que tiene como finalidad sincerar las deudas de los contribuyentes con la Sunat.

Extinción de deuda. La representante de la Sunat también dijo que el Decreto Legislativo 1257 del Fraes establece la extinción de deuda que no supere los 3,950 soles al 30 de setiembre. “Eso equivale a una Unidad Impositiva Tributaria (UIT) del 2016, las deudas que no se incluyen son las relacionadas con Essalud y la ONP”, precisó.

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