La Sala Penal presidida por el juez había absuelto a la administradora de un bar, acusada de trata de personas en perjuicio de una adolescente.
La Comisión Multisectorial de Naturaleza Permanente contra la Trata de Personas y el Tráfico Ilícito de Migrantes expresó su preocupación por el fallo emitido por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia presidida por Javier Villa Stein en un caso de trata de personas, y consideró como un retroceso frente a los esfuerzos del Perú para enfrentar este flagelo.
El caso. Mediante un comunicado emitido este viernes, la comisión lamentó que los jueces supremos del tribunal, hayan reafirmado la absolución a Elsa Cjuno, administradora de un bar, acusada de trata de personas en perjuicio de una adolescente, quien denunció haber sido trasladada de Tambopata hasta Manuani, en Mazuko (Madre de Dios), para laborar como “dama de compañía”.
Dama de compañía. "La Sala Penal Permanente también indica que “el trabajo como “dama de compañía” por más de doce horas al día y con ingesta de alcohol no constituye un supuesto de explotación laboral, debido a que esta actividad no agota la fuerza física de las víctimas”. Estas afirmaciones contravienen el marco normativo vigente y dejan en desprotección a las víctimas", dice el comunicado de la comisión.
Trata de personas. La comisión también recuerda que la sentencia de la sala Villa Stein señala que “para la existencia de un caso de trata de personas es necesario que se concretice la explotación de la víctima”. "Sin embargo, la normativa y la doctrina de trata de personas enfatizan que este delito solo requiere la captación o el traslado o la acogida de la víctima, lo cual -acorde a los hechos narrados- aconteció en el caso”, aclara el comunicado.
Retroceso. La comisión multisecotrial calificó como "un retroceso dicha sentencia porque no demuestra los avances alcanzados en el perfeccionamiento del marco normativo contra la trata de personas y no está acorde con lo establecido en tratados internacionales ratificados por el Perú, como el Protocolo para Prevenir, Erradicar y Sancionar la Trata de Personas, el Convenio N° 29 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) contra el trabajo forzado y otras normas internacionales y nacionales en materia de protección de las víctimas".
La comisión multisectorial está integrada por los ministerios de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; de Salud; de Justicia y Derechos Humanos; de Educación; de Trabajo y Promoción del Empleo; de Relaciones Exteriores; de Comercio Exterior y Turismo; y de Transportes y Comunicaciones; así como el Instituto de Nacional de Estadística e Informática, el Ministerio Público, el Poder Judicial y la Defensoría del Pueblo.
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