Evalúa con cuidado si el uso de este monto no perjudica la futura pensión que recibirás cuando llegue la jubilación.
El 25% del dinero acumulado en la Cuenta Individual de Capitalización (CIC) de un afiliado al Sistema Privado de Pensiones puede ser usado para adquirir una vivienda, según lo establece la Ley Nº 30478. Esta norma, dada en julio del año pasado, permite usar ese 25% para pagar la cuota inicial o amortizar un crédito hipotecario vigente que haya sido utilizado para la compra de un inmueble, en ambos casos otorgado por una entidad del sistema financiero, señala la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS).
Para usar el 25% de tus aportes acumulados no debes ser propietario o copropietario de un inmueble, ni ser titular de un crédito hipotecario o figurar en el registro de los afiliados que ya hicieron uso del 25% de su fondo. Es decir, calificas para el uso de hasta el 25% de tu fondo AFP para el pago de la cuota inicial de una vivienda si es el primer inmueble que deseas comprar y no eres propietario de ningún inmueble a la fecha de vigencia de la ley (30/06/2016). También calificas si tuviste una vivienda pero la vendiste antes del 30 de junio de 2016.
Es importante que consideres que retirar el 25% de tu cuenta individual tendrá un efecto negativo en la futura pensión que recibirán al jubilarse. La Asociación de Administradoras de Fondos de Pensiones (AAFP) estima que las personas que retiraron este porcentaje tendrán aproximadamente S/727 menos en su pensión que si hubiesen continuado aportando bajo los mismos parámetros hasta los 65 años. En caso decidas hacer uso de ese dinero, pero quieres asegurar tu futura pensión de jubilación, podrías pensar en realizar aportes voluntarios con fin previsional para cubrir ese 25%.
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