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Blancas: Proyecto de Ley del Trabajo no añade costos laborales

Foto: El Peruano
Foto: El Peruano

Presidente de la Comisión de Expertos que revisó el anteproyecto de Ley General del Trabajo, Carlos Blancas Bustamante, afirma que competitividad de las empresas peruanas no será afectada.

 

El ex ministro de trabajo y presidente de la comisión de expertos que revisó el anteproyecto de Ley General del Trabajo, Carlos Blancas Bustamante, dijo que en 417 de los 425 artículos de la propuesta, los  seis integrantes de la comisión alcanzaron un acuerdo total

“Es decir, en más de un 98%, los artículos se aprobaron por unanimidad. En tres, de los 425 artículos, tuvimos una discrepancia absoluta, de 3 a 3; y otros cinco artículos fueron aprobados por mayoría”, comentó el experto respecto al trabajo que acaba de culminar.

En declaraciones a RPP Noticias, Blancas dijo además que los tres artículos en los que no hubo acuerdo no afectarían de manera sustancial el desempeño de las empresas. Uno de ellos se refiere a la definición de lo que es una huelga. Parte de los integrantes opinó que solo se constituye la huelga con el abandono del centro de trabajo, previa comunicación, tal como es actualmente.

“Yo soy uno de los que votó por una interpretación más amplia de lo que es una huelga, en concordancia además con el criterio de la Organización Internacional del Trabajo, que considera que una huelga también se da cuando los trabajadores paran y se mantienen en el centro de labores. Esto permite parar el trabajo por unas horas y no en toda la jornada, y que se reconozca esto como medida de protesta. Con ello tendríamos un término medio en que se pueden aceptar huelgas de 2, 3, 4 horas, y no el sistema rígido de hoy en que solo se constituye una huelga por 24, 48, 72 horas”, comentó Blancas.

Otro punto en el que no se alcanzó acuerdo total es el referido a los cargos de confianza, pues parte de los comisionados creen que las secretarias, conserjes y similares que trabajan con la gerencia, sí son “de confianza”, categoría que los excluye del derecho a sindicalizarse o a cobrar horas extra. Esto, para Blancas, es algo que solo debe aplicar a os altos ejecutivos con cargos de confianza.

Sin embargo, un importante punto en el que sí se alcanzó acuerdo es el de la responsabilidad solidaria de las empresas vinculadas. Esta ya se había definido para otros fines, como el pago de impuestos, pero no para las obligaciones laborales. En el nuevo proyecto de cuerpo legal se consideran varios criterios –locales, directivos y logos comunes, por ejemplo – que ayudan a definir la vinculación entre empresas.

En cuanto al plazo para los contratos temporales, la comisión aprobó por mayoría que fuera de 18 meses. Otros comisionados votaron por un plazo de 24 meses y otros por un plazo de 12. Las modalidades de contratos temporales, son materia de desarrollo en otras leyes, aunque la propuesta terminada hoy sí establece un límite para aplicarlos.

“No es el objeto de esta ley mantener la competitividad de las empresas privadas, sin embargo no está restándoles competitividad, porque no agrega ni un céntimo de costos laborales”, precisó el experto.

El proyecto de Ley General del Trabajo, que parece haber entrado en su etapa final y que ahora será evaluado en el Consejo Nacional del Trabajo (espacio de diálogo entre trabajadores, empresas y estado), se ordena la legislación laboral peruana, que hasta el día de hoy solo ha sido desarrollada de manera dispersa en cientos de leyes.

“Tenemos una ley sobre las vacaciones, otra sobre la CTS, otra para la huelga, otra sobre el descanso por maternidad, etc. Es la primera vez que el Perú, como ya lo han hecho otros países, va a tener una ley general, que regule las relaciones laborales”, precisó el ex ministro.

 

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