Pedro Morales, experto en derecho laboral, consideró que el régimen de Contratación Administrativa de Servicio era "una especie de solución legislativa progresiva" al sistema de contratación de Servicios No Personales.
"El CAS vino a reemplazar al régimen SNP, que en el fondo implicaba que el servidor público era contratado como si se tratara de un contrato de servicio independiente, lo llamado locación de servicio, cuando realmente eran funcionarios públicos dentro del organigrama del Estado", dijo a RPP.
"Este régimen del CAS lo que pretendió fue ir avanzando en el reconocimiento de los derechos. Era una especie de solución legislativa progresiva, pero el problema es que no cabe progresividad cuando la relación laboral o le corresponde los derechos de la 276, del régimen público, o le corresponde la del régimen privado, del 728", agregó.
Como se recuerda, la Segunda Sala Laboral de la Corte Superior de Lima concluyó que no el legal el régimen CAS, ya que no reconoce todos los derechos laborales. Por ejemplo, en julio, trabajadores de este régimen no recibieron la gratificación por Fiestas Patrias.
"La consecuencia es que llevado a nivel de los tribunales, en el cual el trabajador dice que se me respetan mis derechos laborales, el tribunal ha hecho lo que se llama el 'control difuso'. Ha preferido la norma constitucional sobre la legal y, aplicando la norma constitucional, les reconoce a estos trabajadores todos sus derechos", comentó Morales.
Comparte esta noticia