Buscar
RPP Noticias
Estás escuchando En vivo
 
00:00 / 00:00
Lima
89.7 FM /730 AM
Arequipa
102.3 FM / 1170 AM
Chiclayo
96.7 FM / 870 AM
Huancayo
97.3 FM / 1140 AM
Trujillo
90.9 FM / 790 AM
Piura
103.3 FM / 920 AM
Cusco
93.3 FM
Cajamarca
100.7 FM / 1130 AM
La informacion mas relevante de la actuaidad al momento
Actualizado hace 0 minutos
Nutriagenda
EP25 | Qué es el gluten y cuándo eliminarlo de la dieta
EP 25 • 36:19
Ruido político
EP29 | T7 | Boluarte alcanza a Castillo
EP 29 • 24:20
Reflexiones del evangelio
Domingo 21 de abril | "El buen pastor da la vida por las ovejas; el asalariado, que no es pastor ni dueño de las ovejas, ve venir el lobo, abandona las ovejas y huye"
EP 609 • 12:21

Indecopi confirma malas prácticas en mercado de oxígeno

Mercado Libre
Mercado Libre

Ente supervisor sancionó a Praxair Perú S.R.L., Aga S.A. y Messer Gases del Perú S.A. con una multa que en conjunto bordea los S/. 20,3 millones.

El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) confirmó la mala práctica de tres empresas productoras de oxígeno, quienes acordaron repartirse el mercado de venta de este producto para EsSalud.

La sanción, impuesta a través de la Comisión de Defensa de la Libre Competencia, recae sobre Praxair Perú S.R.L. (3.836,82 UIT de multa), Aga S.A. (1.288,14 UIT) y Messer Gases del Perú S.A. (493,84 UIT) y alcanza un monto de S/. 20,3 millones.

Vale indicar que Indecopi sancionó a la referidas empresas en agosto del 2010, hecho que fue apelado por las respectivas firmas.

La mencionada Comisión determinó que estas tres empresas acordaron dejar de competir y repartirse el mercado entre 1999 y 2004. Debido a ello Aga S.A. se limitó a abastecer la zona norte del país, Messer Gases del Perú S.A. la zona centro y Praxair Perú S.R.L. las zonas Lima y sur.
 
“Para la evaluación y resolución del caso, se determinó que los patrones de conducta de dichas empresas revelaron acuerdo (o colusión, en términos legales) en los procesos de contratación pública”, afirmó el ente supervisor.

Tras su apelación las empresas, al momento de ejercer su defensa, no pudieron justificar, bajo una perspectiva económica, su comportamiento durante el periodo investigado.

Debido a la importancia que tiene el oxígeno medicinal para la vida y la salud, la modalidad de la infracción, el carácter continuado y su alcance nacional, la Comisión calificó esta práctica restrictiva de la competencia como muy grave.

Tags

Lo último en Economía

Lo más leído

Suscribirte al boletín de tus noticias preferidas

Suscríbete a nuestros boletines y actualiza tus preferencias

Buzon
Al suscribirte, aceptas nuestras políticas de privacidad

Contenido promocionado

Taboola
SIGUIENTE NOTA