De esta manera quedó prohibida la exigencia de un carné de sanidad a los trabajadores de negocios en el distrito de La Perla, Callao.
La Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas (CEB) del Indecopi inaplicó por primera vez, con efectos generales, la barrera burocrática ilegal que exigía la tramitación de carnés de sanidad para ejercer actividades económicas.
¿Dónde se eliminó? Esta decisión abarca a todo el distrito de La Perla, en la región Callao, cuya comuna impuso dicha barrera a través de una ordenanza que contravenía lo dispuesto por la Ley General de Salud.
Dicha norma, en su artículo 13°, prohíbe expresamente a las autoridades exigir a las personas la certificación de su estado de salud mediante un carné sanitario, carné de salud o documento similar, como condición para el ejercicio de actividades profesionales, de producción, comercio o afines.
Efectos generales. Esta es la primera barrera burocrática ilegal que se declara con efectos generales, gracias a la nueva Ley de Eliminación y Prevención de Barreras Burocráticas (más conocida como ‘Ley Antibarreras’), aprobada mediante Decreto Legislativo N° 1256 del Poder Ejecutivo.

Igual deben fiscalizar. El Indecopi precisó que si bien la Municipalidad Distrital de La Perla ya no podrá exigir este documento como requisito para aquellas personas que realicen actividades económicas, la autoridad edil mantiene siempre su obligación de fiscalizar las condiciones de salubridad en los establecimientos en los que, por ejemplo, se vendan y/o manipulen alimentos en dicho distrito.
"Tampoco se desconoce la facultad de la Municipalidad Distrital de La Perla para emitir el carné de sanidad, pero solo en los casos en los que, de manera voluntaria, sean solicitados por los trabajadores", señala la entidad de protección del consumidor.
No apeló. Esta decisión ha quedado consentida y firme, pues dicho municipio no apeló la decisión de la CEB. Es por ello que ha sido publicado el extracto de la resolución en las normas legales del Diario Oficial El Peruano.