Por endose y transferencia de boletos aéreos. Canatur y otros gremios vinculados al turismo, evalúan medidas legales para evitar que entre en vigencia el artículo 66.7 del Código de Consumo de Protección y Defensa del Consumidor.
El fallo del Tribunal Constitucional (TC) que restituye la entrada en vigencia del artículo 66.7 del Código de Consumo de Protección y Defensa del Consumidor y que permitirá que los consumidores del servicio de transporte nacional, en cualquier modalidad, puedan transferir sus boletos a otros usuarios o postergar la realización del servicio, generaría perdidas anuales, al sector turismo, pero sobre todo al aerocomercial, de US$396 millones, estimó el presidente de la cámara nacional de turismo, Carlos Canales.
Comentó que esto perjudicaría sobre todo al turismo nacional, quien mostrará un menor flujo, dado que los usuarios nacionales, ya no podrán acceder a tarifas económicas, perjudicando a 2 millones de personas que dejarían de transportarse vía aérea.
Estimó que a 2015 serían unos 5 millones de pasajeros nacionales, quienes no podrán volar a tarifas bajas, lo cual significará una pérdida económica, hacia esa fecha, de US$1.047 millones", dijo.
Reiteró que la entrada en vigencia de dicho artículo permitirá que se genere un mercado negro alrededor de la compra y venta de pasajes con tarifa promocional, perjudicando al propio usuario.
"Esta medida, lo único que hace es promover la informalidad, la especulación y atenta el creamiento de la actividad turística y especialmente en las provincias", acotó.
Señaló que al eliminarse las tarifas más económicas, el usuario necesariamente se verá forzado a optar por tarifas más caras que las actuales.
Recordó que entre los años 2007 y 2010 el tráfico aéreo de pasajeros se incrementó a un ritmo de 17% anual, debido a la aplicación de tarifas promocionales; en tanto que entre el 2001 y el 2006 el crecimiento fue a un ritmo de 5% anual.
Señaló que en el 2007 se llegaron a transportar 3.4 millones de pasajeros, en tanto que en el 2010 se transportaron 4.9 millones.
Precisó que el año pasado 2.7 millones de personas volaron en las rutas domésticas utilizando pasajes de tarifa económica.
Por su parte el Presidente de la Asociación de Líneas Aéreas Internacionales(AETAI), Daniel Ratti, señaló que sólo puede haber tarifas económicas si se garantiza el uso de los vuelos en fechas específicas y por parte de los usuarios que los adquirieron.
"La aviación comercial es una industria que produce asiento-kilómetro y eso es lo que vende. En el caso de un asiento de avión si se vendió hoy día y se cancela la venta, ese asiento de avión se perdió", indicó.
Señaló que lo que hacen las aerolíneas para maximizar y evitar los asientos vacíos es ofrecer tarifas económicas, pero el pasajero que accede a estas se tiene que comprometer a viajar en una fecha determinada, indicó, tras agregar que el 33 % de los asientos de un vuelo son vendidos con tarifas promocionales.
En ese sentido Ratti, señaló que la vigencia del artículo 66.7, será un desincentivo para que las empresas áreas realicen inversiones y operaciones en Perú.
Finalmente Canales informó que el gremio turístico evaluará las medidas legales necesarias para evitar que entre en vigencia el artículo 66.7 del Código de Consumo de Protección y Defensa del Consumidor, restituida por el TC, a fin de dicha medida perjudique el crecimiento del sector.
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