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Nuevo reglamento laboral no promueve contratación de discapacitados

RPP/ Angiolina Pucce
RPP/ Angiolina Pucce

Según abogado laboralista Germán Lora, la norma no ofrece ningún incentivo tributario o laboral a las empresas para cumplirla, tal como sí ocurre en otros países.

El nuevo Reglamento de la Ley General de Personas con Discapacidad, promulgado el pasado 8 de abril, no fomentará la contratación de este tipo de trabajadores, advirtió el abogado laboralista Germán Lora.   

Explicó que a pesar que esta norma obliga a las empresas privadas con más de 50 trabajadores a tener en su planilla al 3% de personas con discapacidad de manera anual, no ofrece ningún incentivo tributario o laboral para cumplirla, tal como sí ocurre en otros países.

"No veo que sea una norma que de por si incentive la contratación, es una obligación que se está imponiendo sin ningún beneficio para el empleador que motive y que incentive la contratación", explicó Lora, socio del Estudio Payet, Rey, Pérez, Cauvi.

Además señaló que la propia norma establece mecanismos para que las empresas puedan justificar la no contratación de personal discapacitado y evitar ser sancionadas.

Para ello deben demostrar que no contrataron nuevo personal durante el año, lo cual los exonera de tomar trabajadores discapacitados; o deben indicar que el nuevo personal que contrataron desarrolla labores  técnicas o de riesgo que un discapacitado no puede cumplir.

Un hecho preocupante es que del millón y medio de personas discapacitadas que existen en el país, solo 211 mil tienen educación superior o técnica para poder acceder a un puesto de trabajo de nivel alto o medio. El 87% restante nunca estudio nada o solo llegó a primaria o secundaria.

"Hay muy poco personal discapacitado que pueda cumplir con los perfiles que exige un mercado laboral actual de capacitación, de maestrías, de especialización, de idiomas", refirió.

Según el especialista, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) verificará el cumplimiento de la norma con la información contenida en la Planilla Electrónica de las empresas.

Además supervisará la aplicación de los criterios de cálculo y notificará a los empleadores que no cumplieron anualmente con la cuota, dando inicio al correspondiente procedimiento sancionador.

El abogado advirtió que las empresas privadas que no cumplan con la cuota del 3% de personal discapacitado podrán ser sancionadas con multas de hasta  50 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), equivalentes a S/. 190 mil.

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