En Enfoque de los Sábados de RPP, el doctor Rolando Castelares, especialista en derecho bancario, consideró que esta cuenta debe ser intangible e inembargable, tal como la CTS.
"Los bancos desorientan (al público) al llamar cuentas remuneraciones a una cuenta que no lo es. Los mismos bancos le dicen "cuenta sueldo" o "cuenta remuneraciones", pero esa cuenta es una cuenta de ahorros normal, donde entra todo tipo de abonos. Lo que estamos proponiendo es que se cree una cuenta remuneraciones, igual que una CTS", dijo en Enfoque de los Sábados de RPP.
"Esta es la oportunidad de crear una cuenta especial. Lo que deberíamos hacer, y me permito sugerir al Ministerio de Trabajo y al Congreso, es copiarnos del sistema de la CTS. No hay un solo banco que toque la CTS, porque está calificada como intangible e inembargable, con las dos calificaciones. Cuando los deudores le deben al banco estos no tocan eso. Eso es lo que deberíamos hacer", agregó.
Al respecto, Pierino Stucchi, gerente legal del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual (Indecopi) consideró que toda iniciativa para mejorar la situación de los trabajadores es bien recibida.
"No podemos dejar pasar que cualquier precisión y buenas las ideas que van en ese camino que permitan aclarar esto aún más y dar mayor seguridad a las transacciones sería beneficiosa", comentó.
Por su lado, el doctor Paul Paredes, asesor de la alta dirección del Ministerio de Trabajo, recordó que las remuneraciones son un "derecho fundamental" de la personas, por ende, tiene una protección a nivel constitucional. "Nadie, ni los bancos ni el empleador, puede usar unilateralmente la remuneración", comentó.
Finalmente, la doctora Sara Campos, abogada laboralista, aclaró que las empresas no están obligadas a depositar las remuneraciones de sus trabajadores en una cuenta. "Puede ser en efectivo o en una cuenta, no hay una obligación", apuntó.
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