El Indecopi constató que dichos establecimientos hacían uso indebido de la categoría de clínica, a través de material publicitario ubicado en el exterior de sus locales.
El Indecopi sancionó a 7 establecimientos de salud de Trujillo que se publicitaban como clínicas sin tener dicha categoría, informó el ente fiscalizador.
Publicidad engañosa. La entidad constató que dichos establecimientos hacían uso indebido de la categoría de clínica, a través de material publicitario ubicado en el exterior de sus locales, lo que induciría a los consumidores a error sobre la verdadera naturaleza de los servicios prestados.
¿Cuáles son? Las autodenominadas “clínicas” son: Sánchez Ferrer, Plasencia, De Ojos Cáceda, Innovadent, San Francisco, Santa Ana SAC y Cesar Malca-Santa Ana.
Multadas. En el caso de los establecimientos de salud Santa Ana SAC y Cesar Malca - Santa Ana, se determinaron multas de 3 y 5 Unidades Impositivas Tributarias, respectivamente.
Apelaron. Los otros cinco establecimientos de salud han presentado sus apelaciones.
Además de las sanciones impuestas se ordenó a estas empresas responsables como medida correctiva, el cese inmediato de la publicidad engañosa, por lo que está pendiente la verificación de dicho cumplimiento, así como de la graduación de la multa en los cinco primeros casos.
En el caso que se encuentren nuevos indicios de infracciones a la ley en los mercados señalados, el Indecopi puede iniciar o ampliar procedimientos sancionadores que pueden derivar en severas sanciones para los infractores.
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