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Trabajadores CAS ya no emitirán recibos por honorarios

Henry Urpeque
Henry Urpeque

Desde el proximo año entidades estatales además estarán obligadas a emitir las boletas de pago correspondientes por los servicios prestados cada mes.

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) modificó hoy el Reglamento de Comprobantes de Pago para exceptuar de la obligación de emitir recibos por honorarios a los trabajadores contratados bajo el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios (CAS) por la contraprestación recibida, ingresos que constituyen rentas de Cuarta Categoría.

Según una resolución de la Sunat publicada hoy, la norma estará vigente a partir del primero de enero del 2013 y las empresas tendrán que emitir las boletas de pago correspondientes a los trabajadores bajo el régimen CAS por los servicios prestados cada mes.

Esta medida también facilita y simplifica los trámites en las entidades empleadoras (instituciones pertenecientes al Sector Público a nivel nacional) para efectuar el pago de las remuneraciones a los trabajadores de dicho régimen.

Bajo esta nueva modalidad se incluirán a todos los contratos que se celebren bajo el Régimen CAS el próximo año.

También se tendrán que considerar los contratos firmados en el presente año, pero cuyos servicios estén programados para efectuarse durante el 2013.

De esta manera, se facilita la operatividad de este tipo de contratos teniendo en cuenta que la información sobre las tentas de Cuarta Categoría abonadas a los trabajadores contratados bajo el régimen CAS es recibida a través de la Planilla Mensual de Pagos (Plame).

ANDINA

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