La norma en cuestión permite el retiro de hasta una UIT de los fondos ONP; es decir, hasta 4,400 soles, divididos en dos partes; sin embargo, el Ejecutivo planteó una demanda de inconstitucionalidad ante esta norma por considerar que vulnera el equilibrio del presupuesto público.
La demanda de inconstitucionalidad interpuesta por el Poder Ejecutivo contra la Ley N° 31083 que autoriza el retiro de aportes a la Oficina de Normalización Previsional (ONP) quedó al voto junto con otras tres causas durante la tercera audiencia pública remota del Tribunal Constitucional (TC).
En la audiencia, los magistrados escucharon los informes orales en esta causa de los abogados Luis Huerta Guerrero, en representación del Poder Ejecutivo, y Guillermo Llanos Cisneros y José Palomino Manchego, por el Congreso de la República. Además, informó en calidad de amicus curiae el abogado César Abanto Revilla.
Durante el acto procesal, que se inició a las 09:30 de la mañana, los magistrados no sólo escucharon los informes orales de los abogados de la parte demandante y demandada, sino que también formularon una serie de preguntas para un mejor resolver.
Participaron de la tercera audiencia pública remota, la presidenta del TC, Marianella Ledesma, y los magistrados Manuel Miranda Canales, Ernesto Blume Fortini, Carlos Ramos Núñez, José Luis Sardón de Taboada y Eloy Espinosa-Saldaña Barrera.
La norma promulgada en diciembre pasado permite el retiro de hasta una UIT de los fondos ONP; es decir, hasta 4,400 soles, divididos en dos partes. El Ejecutivo planteó una demanda de inconstitucionalidad ante esta norma por considerar que vulnera el equilibrio del presupuesto público y perjudica al Sistema Nacional de Pensiones.
La respuesta del Congreso
El último 25 de enero, el Congreso envió sus descargos al Tribunal Constitucional (TC) contra la demanda de inconstitucionalidad. A través del Expediente N° 00016-2020-PI/TC, se conoció que el TC recepcionó los argumentos del Legislativo.
"Solicitamos que se declare INFUNDADA la demanda de inconstitucionalidad contra la Ley N° 31083 (...)", señalan en el documento envaido al TC.
El Legislativo sostiene que el procedimiento para aprobar la ley "se ha desarrollado de acuerdo a lo establecido en la Constitución y en el Reglamento del Congreso, por lo que no es posible sostener que dicha ley ha incurrido en una inconstitucionalidad por la forma".
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