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Conozca los alcances de la ordenanza edil sobre el transporte público

Foto: RPP
Foto: RPP

Medida determina que las multas por infracciones graves pasa de 720 soles a 1,800 soles. ´Se ha hecho una revisión de las tablas de infracciones y sanciones´, explicó a RPP Noticias María Jara, gerenta edil.

La Municipalidad de Lima estableció, a través de la Ordenanza N° 1534, publicada en el diario oficial El Peruano, una serie de cambios en el monto, administración y aplicación de las multas a propietarios, conductores y cobradores de unidades de transporte urbano, así como a las empresas autorizadas.

“Es una norma en virtud de la cual la Municipalidad de Lima hace más eficiente el proceso de infracción y de imposición de papeletas. Por ejemplo, se establece un mecanismo en el que ya no se va hablar de las papeletas fantasmas”, explicó a RPP Noticias María Jara, gerenta edil.

“Se ha hecho una revisión de las tablas de infracciones y sanciones, con la finalidad de que tenga razonabilidad  y que sea adecuada para desincentivar determinadas conductas que nosotros como Municipalidad provincial queremos desterrar”, agregó la funcionaria.

Así, estacionarse en plena vía pública para recoger pasajeros, ocasionando una fuerte congestión vehicular, o contratar a menores de edad como cobradores sin tener la autorización debida serán faltas graves que obligarán a los transportistas a desembolsar S/.1.800.

Los transportistas que obliguen a los usuarios a bajarse del vehículo sin razón aparente o no cumplan con las rutas que les corresponda también son consideradas faltas muy graves, que serán castigadas con S/.3.600 (1 UIT).

Pero no todos los casos son multas más duras. “Han bajado las situaciones que no revisten mayor gravedad, como cuando el transportista no porta la tarjeta de circulación. En esos casos, la multa de una UIT ha disminuido al 30% de la UIT”, apuntó María Jara.

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