Buscar
Reproduciendo
RPP Noticias
Estás escuchando En vivo
 
00:00 / 00:00
Lima
89.7 FM /730 AM
Arequipa
102.3 FM / 1170 AM
Chiclayo
96.7 FM / 870 AM
Huancayo
97.3 FM / 1140 AM
Trujillo
90.9 FM / 790 AM
Piura
103.3 FM / 920 AM
Cusco
93.3 FM
Cajamarca
100.7 FM / 1130 AM
La información más relevante de la actualidad al momento
Actualizado hace 0 minutos
Reflexiones del evangelio
Domingo 27 de abril | "Los discípulos se llenaron de alegría al ver al Señor. Jesús repitió: Paz a ustedes. Como el Padre me ha enviado así también los envió yo"
EP 952 • 12:05
RPP Data
Aumentan casos de hackeo de WhatsApp y delitos informáticos en el país
EP 271 • 03:16
El poder en tus manos
EP182 | INFORMES | Elecciones 2026: Cómo las economías ilegales buscan infiltrarse en la política
EP 182 • 02:52

Incluyen figura legal del feminicidio en Código Penal

El Congreso de la República oficializó la Ley 29819 que modifica el artículo 107 del Código Penal para incluir la figura del feminicidio, que se castigará con 15 años de cárcel.

Todas las noticias en tu celular
¡Únete aquí a nuestro canal de WhatsApp!

El Congreso de la República oficializó hoy, mediante la publicación en el diario El Peruano, la Ley 29819 que modifica el artículo 107 del Código Penal para incluir la figura del feminicidio, que se castigará con 15 años de cárcel.

La ley que crea la figura penal del feminicidio - muerte de una mujer a manos de su pareja- fue aprobada por el pleno del Congreso el jueves 01 de diciembre por 90 votos a favor, dos en contra y 14 abstenciones.

De acuerdo a la modificación aprobada, ahora el artículo 107 del Código Penal señala que “quien a sabiendas, mata a su ascendiente, descendiente, natural o adoptivo, o a quien es o ha sido su cónyuge, su conviviente, o con quien  esté sosteniendo o haya sostenido una relación análoga, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de 15 años”.

Agrega que la pena privativa de libertad será no menor de 25 años, cuando concurra cualquiera de las circunstancias agravantes previstas en el artículo 108, referido al homicidio.

Señala además que si la víctima del delito descrito es o ha sido la cónyuge o la conviviente del autor, o estuvo ligada a él por una relación análoga el delito tendrá el nombre de feminicidio.

En el Perú se registraron 405 mujeres víctimas de un homicidio entre los años 2009 y 2011 (enero-setiembre), según cifras del Observatorio de Criminalidad del Ministerio Público. De ese total, el 34.8% lo fue a manos de sus parejas o ex parejas (245).

Este año se han registrado en el Perú 73 casos de feminicidio y 6 tentativas de feminicidio entre enero y noviembre, de acuerdo con los casos registrados por el citado Observatorio de Criminalidad.
 
Si bien muchos de esos casos son calificados como parricidios u homicidios agravados, el 14.2% de homicidios de mujeres a manos de sus parejas o ex parejas fueron calificados como homicidios simples (35), que son sancionados con una pena no menor de seis años, según denunciaron las autoridades.

Andina

Tags

Lo último en Lima

Lo más leído

Suscribirte al boletín de tus noticias preferidas

Suscríbete a nuestros boletines y actualiza tus preferencias

Buzon
Al suscribirte, aceptas nuestras políticas de privacidad

Contenido promocionado

Taboola
SIGUIENTE NOTA