Buscar
RPP Noticias
Estás escuchando En vivo
 
00:00 / 00:00
Lima
89.7 FM /730 AM
Arequipa
102.3 FM / 1170 AM
Chiclayo
96.7 FM / 870 AM
Huancayo
97.3 FM / 1140 AM
Trujillo
90.9 FM / 790 AM
Piura
103.3 FM / 920 AM
Cusco
93.3 FM
Cajamarca
100.7 FM / 1130 AM
La informacion mas relevante de la actuaidad al momento
Actualizado hace 0 minutos
Entrevistas ADN
Presidenta busca obstruir a la justicia, señaló exministro Mariano González
EP 1693 • 13:04
Detector de Mentiras
Detector de Mentiras: Las antenas de telefonía móvil no hacen daño a la salud
EP 52 • 01:34
Informes RPP
Más de 3 millones de peruanos se convirtieron en pobres en los últimos 5 años
EP 1129 • 04:51

Reniec presenta recurso ante el JNE por afectar el debido proceso

Esto luego de la Resolución del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) que ordenara la verificación de las 411,000 firmas para la revocatoria de Susana Villarán.

 

El Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec), interpuso un Recurso Extraordinario por afectación del debido proceso y la tutela jurisdiccional efectiva.

Esto luego de la Resolución del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) que ordenara la verificación de las 411,000 firmas para la revocatoria de Susana Villarán que corresponden a un cuarto lote presentado extemporáneamente el 6 de julio, cuando el plazo de entrega vencía el 5 de julio del 2012.

"Los argumentos del RENIEC son de orden estrictamente jurídico, por cuanto la Resolución del JNE N° 756-2012 reconoce que el plazo que tenían lo revocadores sí venció el 5 de julio y no el 12 de julio como ellos han sostenido", indican en una nota de prensa.

Señalan que pesar de que el JNE le otorga la razón jurídica al RENIEC, en su Resolución sostiene que al consignarse erróneamente el 6 de julio, establece ese día como fecha última para la entrega del referido lote.

"Al amparo de la reiterada y firme jurisprudencia de los tribunales, incluyendo al Tribunal Constitucional, el RENIEC interpretó que "el error no genera derecho", mientras que el JNE sostiene la posición contraria".

El Recurso Extraordinario del RENIEC sostiene que el JNE no debería considerar el 6 de julio como fecha límite para presentar firmas de adherentes, pues la Ley de Derechos de Participación y Control Ciudadano (Ley N° 26300) establece que se cuenta con 30 días hábiles a partir del día siguiente en que se dieron a conocer los resultados de la verificación del primer lote de firmas presentado. "Hay que tener en claro que lo que prima es el plazo de ley y no el error material", precisan.

 

 

 

Tags

Lo último en Lima

Lo más leído

Suscribirte al boletín de tus noticias preferidas

Suscríbete a nuestros boletines y actualiza tus preferencias

Buzon
Al suscribirte, aceptas nuestras políticas de privacidad

Contenido promocionado

Taboola
SIGUIENTE NOTA