Esto luego de la Resolución del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) que ordenara la verificación de las 411,000 firmas para la revocatoria de Susana Villarán.
El Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec), interpuso un Recurso Extraordinario por afectación del debido proceso y la tutela jurisdiccional efectiva.
Esto luego de la Resolución del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) que ordenara la verificación de las 411,000 firmas para la revocatoria de Susana Villarán que corresponden a un cuarto lote presentado extemporáneamente el 6 de julio, cuando el plazo de entrega vencía el 5 de julio del 2012.
"Los argumentos del RENIEC son de orden estrictamente jurídico, por cuanto la Resolución del JNE N° 756-2012 reconoce que el plazo que tenían lo revocadores sí venció el 5 de julio y no el 12 de julio como ellos han sostenido", indican en una nota de prensa.
Señalan que pesar de que el JNE le otorga la razón jurídica al RENIEC, en su Resolución sostiene que al consignarse erróneamente el 6 de julio, establece ese día como fecha última para la entrega del referido lote.
"Al amparo de la reiterada y firme jurisprudencia de los tribunales, incluyendo al Tribunal Constitucional, el RENIEC interpretó que "el error no genera derecho", mientras que el JNE sostiene la posición contraria".
El Recurso Extraordinario del RENIEC sostiene que el JNE no debería considerar el 6 de julio como fecha límite para presentar firmas de adherentes, pues la Ley de Derechos de Participación y Control Ciudadano (Ley N° 26300) establece que se cuenta con 30 días hábiles a partir del día siguiente en que se dieron a conocer los resultados de la verificación del primer lote de firmas presentado. "Hay que tener en claro que lo que prima es el plazo de ley y no el error material", precisan.
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