El martes se podría elegir en consenso a un Defensor del Pueblo. Esto no sucede desde 2005 cuando asumió el cargo Beatriz Merino.
Desde 2005 el Congreso no llega a un consenso para elegir al Defensor del Pueblo. Este martes se podría definir quién será oficialmente nombrado para el cargo. El encargado de la Defensoría, Eduardo Vega, y el ex miembro del JNE Gastón Soto Vallenas son los dos candidatos. ¿Pero qué hace este importante ente del Estado? Te lo explicamos.
La Defensoría del Pueblo en el Perú fue creada por la Constitución Política de 1993, como un organismo constitucionalmente autónomo para defender los derechos fundamentales, supervisar el cumplimiento de los deberes de la administración estatal, así como la eficiente prestación de los servicios públicos en todo el territorio nacional.
Esto es lo que dice el artículo 161 de la Carta Magna:
La Defensoría del Pueblo es autónoma. Los órganos públicos están obligados a colaborar con la Defensoría del Pueblo cuando ésta lo requiere. Su estructura, en el ámbito nacional, se establece por ley orgánica.
El Defensor del Pueblo es elegido y removido por el Congreso con el voto de los dos tercios de su número legal. Goza de la misma inmunidad y de las mismas prerrogativas de los congresistas.
Para ser elegido Defensor del Pueblo se requiere haber cumplido treinta y cinco años de edad y ser abogado.
El cargo dura cinco años y no está sujeto a mandato imperativo. Tiene las mismas incompatibilidades que los vocales supremos.
La Defensoría atiende (en todo el país) quejas, consultas y pedidos de ciudadanos que, por alguna causa, han experimentado la vulneración de sus derechos.
Es muy importante saber que no desempeña funciones de juez o fiscal ni sustituye a autoridad alguna. No dicta sentencias, no impone multas ni sanciones. Elabora informes con recomendaciones o exhortaciones a las autoridades, cuyo cumplimiento encuentra sustento en su poder de persuasión y en la fortaleza de argumentos técnicos, éticos y jurídicos.
En el artículo 162 de la Constitución se especifica:
Corresponde a la Defensoría del Pueblo defender los derechos constitucionales y fundamentales de la persona y de la comunidad; y supervisar el cumplimiento de los deberes de la administración estatal y la prestación de los servicios públicos a la ciudadanía.
El Defensor del Pueblo presenta informe al Congreso una vez al año, y cada vez que éste lo solicita. Tiene iniciativa en la formación de las leyes.
Puede proponer las medidas que faciliten el mejor cumplimiento de sus funciones.
El proyecto de presupuesto de la Defensoría del Pueblo es presentado ante el Poder Ejecutivo y sustentado por su titular en esa instancia y en el Congreso.
Si no te quedó muy claro, acá se especifica en qué casos puede actuar la Defensoría del Pueblo.
La Defensoría del Pueblo es un ente del Estado que realiza una labor crítica en derechos de la defensa de la ciudadanía. Es inspirada en la figura del Ombudsman, que nació en Suecia hace 200 años. Esta velaba por el bien de los ciudadanos.
Como bien cita la Constitución, el Defensor del Pueblo debe ser elegido por el Congreso. Por ejemplo, Beatriz Merino fue elgida como defensora en 2005 por un periodo de cinco años. Ella finalmente renunció porque no elegían a un sucesor suyo hasta 2011.
En marzo de ese mismo año, Eduardo Vega asumió el cargo al ser el primer adjunto de la institución. No ha sido ratificado por el Congreso como dice la ley ya lleva más de cinco años en el cargo. Por ello se le dice Defensor del Pueblo encargado, aunque ejerza las funciones ya cinco años.
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