En diálogo con Ampliación de Noticias, el exdefensor del Pueblo cuestionó que la Corte IDH se “adelantara” y no esperara que algún poder del Estado, el Colegio de Abogados o los mismos ciudadanos planteen una “acción de inconstitucionalidad” para frenar la ley de amnistía para militares, policías y comités de autodefensa. Sin embargo, pese a ello, consideró que “no podemos ni debemos salir” del organismo supranacional.
El exdefensor del Pueblo, Walter Gutiérrez, se pronunció sobre el debate que se ha desatado en torno a una eventual salida del Perú de la Corte Interamericana de los Derechos Humanos (Corte IDH).
Como se recuerda, el pasado 24 de julio, la Corte IDH emitió una resolución a través de la cual requirió al Estado peruano que “suspenda inmediatamente” el trámite del proyecto de ley de amnistía que beneficia a militares, policías y comités de autodefensa involucrados en delitos por violaciones a los derechos humanos durante la lucha contra el terrorismo entre los años 1980 y los 2000.
La solicitud del organismo supranacional fue rechazada por la presidenta Dina Boluarte. En esa misma línea, el Ejecutivo ha conformado una comisión para que evalúe un eventual retiro del Perú del Sistema Interamericano de Derechos Humanos (SIDH).
En diálogo con Ampliación de Noticias, Walter Gutiérrez señaló que la Corte IDH es una institución “subsidiaria y complementaria”. En ese sentido, cuestionó que el órgano supranacional se haya “adelantado” y no esperara a que los poderes del Estado, el Colegio de Abogados o los mismos ciudadanos planteen una “acción de inconstitucionalidad” para frenar la ley de amnistía.
“Lo importante es que las instituciones internas de cada Estado se fortalezcan: el Ejecutivo, el Legislativo y el sistema judicial, pero si la Corte se sustituye a ellos, se adelanta a ellos con determinadas medidas, entonces no permite que el principio de subsidiariedad funcione. Es decir, que los jueces, por ejemplo, puedan hacer control difuso, que el Ejecutivo pudiese observar la ley o que ciudadanos o los colegios de abogados puedan presentar una acción de inconstitucionalidad”, expresó.
Sin embargo, el exdefensor del Pueblo consideró que el Perú no debe retirarse del organismo supranacional.
“La Corte es un órgano complementario y subsidiario, no es un órgano activo. En eso creo que hay que ver la manera de autorregular, de morigerar este tema. Un ejemplo más, […] el Ejecutivo gobierna a través de políticas públicas y actos de Gobierno, pero si desde afuera un órgano supranacional, una suerte de superestado dice: ‘cómo va a ser esa política pública’, entonces usted tiene que los tres actos más importantes: el Jurisdiccional, el Legislativo y el acto de Gobierno, están -de alguna manera- controlados por la Corte. Yo soy defensor de la Corte. Yo creo que no podemos ni debemos salir de la Corte, pero creo que hay que remozar la Corte”, acotó.
El ejemplo de Europa
El exdefensor del Pueblo colocó como ejemplo el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), donde -según mencionó- hay un “órgano intermedio”, que “ejecuta” las sentencias de la institución, lo que da espacio para la “reforma”.
“Hay que ver la manera de introducir, por ejemplo, esta figura que existe en Europa que se llama margen de apreciación. ¿Qué cosa es el margen de apreciación? Estamos hablando de varios países, que somos distintos, y la Corte es una sola, es una Corte regional, y -digamos- cada Estado, cada jurisdicción puede tener márgenes para implementar esas sentencias”, explicó.
“Y no necesariamente hacerlas de manera vertical, como a veces se siente con las sentencias de la Corte. Además, la Corte es la que ejecuta también, la que hace el seguimiento. En Europa hay un órgano intermedio, un órgano de ministros, que es el que hace la ejecución. Eso permite que la Corte no se desgaste, o sea, permite tomar distancia de la propia ejecución, que no siempre es fácil. Entonces, sí hay espacio para la reforma”, indicó.
Finalmente, Gutiérrez indicó que el reciente debate sobre la salida del Perú del SIDH es “una oportunidad para que el Perú lidere y plantee la posibilidad de una autorreforma”.
“No digo el cambio de la Convención porque eso es muy difícil, nunca se ha hecho. El artículo 76 de la convención sería el camino, pero necesitaríamos dos tercios de Estados miembros para cambiarlo. Pero sí la Corte o la propia Comisión pueden modificar sus reglamentos e implementar algunas medidas”, concluyó.