Según las leyes de Estados Unidos, los familiares directos de un militar fallecido deben recibir beneficios migratorios.
Perder a un familiar en servicio militar es una situación compleja para la familia, en ese sentido, el gobierno de Estados Unidos da facilidades a cónyuges, hijos o padre para que ajusten su estatus migratorio y de alguna manera asegurar cierto tipo de protección ante estos casos.
La legislación estadounidense contempla mecanismos específicos para estas situaciones, permitiendo que se procese la solicitud de ajuste de estatus como si la muerte del militar no hubiera ocurrido, siempre y cuando se cumplan ciertos requisitos que el Servicio de Ciudadanía e Inmigración (Uscis, por sus siglas en inglés).
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Ajuste de estatus para familiares de militares fallecidos
Un cónyuge, hijo o padre de un militar que falleció y solicitó un ajuste de estatus puede procesar su petición como si la muerte no hubiera ocurrido si el militar:
- Sirvió honorablemente en servicio activo en las Fuerzas Armadas de Estados Unidos.
- Falleció como resultado de una lesión o enfermedad ocurrida o agravada por el combate.
- Se le otorgó ciudadanía póstuma.
Para proceder con la solicitud, el familiar debe escribir una carta a Uscis e indicar que eres elegible bajo la Sección 1703 de la Ley Pública 108-136. Además, debe presentar pruebas que demuestren su elegibilidad, como la documentación que acredite el servicio del militar y su ciudadanía póstuma.
Si el militar fallecido era un residente legal permanente que había presentado una petición de visa a nombre de un cónyuge o hijo, el inmigrante puede solicitar el ajuste de estatus como familiar inmediato.
Créditos: YouTube | @MigranteyMas
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