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Alquiler-venta: Rentas pagadas no se acumularán para cuota inicial

DIFUSI
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El último viernes el Ejecutivo promulgó el Decreto Legislativo N°1177 para facilitar el acceso a la vivienda a través del arrendamiento con opción a compra, arrendamiento y leasing inmobiliario.

En el mecanismo de alquiler-venta, las mensualidades que han ido pagando los arrendatarios no se acumularán para hacer las veces de cuota inicial, en caso este inquilino ejerza la opción de compra del inmueble, aclaró el ministro de Vivienda, Milton Von Hesse. 

El último viernes el Ejecutivo promulgó el Decreto Legislativo N°1177 que busca facilitar el acceso a la vivienda a través de tres modalidades: arrendamiento, arrendamiento con opción a compra (alquiler-venta) y arrendamiento financiero de inmuebles (leasing). Estas opciones están destinadas a las personas de bajos recursos económicos y de segmentos medios en el país.

El titular del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS), Milton von Hesse, indicó en RPP Noticias que el inquilino que desee comprar un immueble al final del contrato de alquiler-venta, deberá cumplir con las condiciones usuales que un crédito financiero pide para un préstamo hipotecario, incluyendo la cuota inicial.

"En este primer mecanismo que es el alquiler - venta, pasado el plazo de 12, 24 meses o los que acuerden las partes, puedo migrar al mecanismo de compra vía un crédito hipotecario y ahí son todas las condiciones normales del crédito hipotecario, su 20 por ciento de inicial", dijo.

Efectivamente, la norma señala que el banco debe tomar en cuenta el cumplimiento de esos pagos a la hora de evaluar el crédito, para permitir que personas que no tienen un récord crediticio puedan acceder a un crédito hipotecario, pero que los pagos no constituyen pagos a cuenta para la adquisición del inmueble. 

Esto, pese a que en repetidas oportunidades el propio Von Hesse había asegurado que en el alquiler-venta una parte de las cuotas mensuales del alquiler que se depositen a un desarrollador inmobiliario serían destinadas a ahorrar la inicial requerida para el crédito hipotecario. 

De otro lado, explicó que, en el caso de la modalidad de leasing, una parte de las cuotas mensuales que se paguen a un banco -que mantiene la propiedad del inmueble hasta que se cancele el precio por él- sí será destinada a cubrir parte del precio del inmueble, por lo que las cuotas serán más altas que un alquiler normal. 

"Parte de la cuota se va a que compro un poquito de inmueble, por lo tanto, esa cuota va a ser más alta (que un alquiler)", detalló.

Por otro lado, adelantó que los plazos de los contratos de alquiler-venta y de leasing serán definidos por el mercado. 

STOCK DISPONIBLE

El ministro añadió que a la fecha existen más de 20 mil viviendas que se han construído en los últimos años y no se han podido vender por la desaceleración de la economía.

"Entonces van a poder ser puestas en alquiler de forma que los dueños de estas viviendas disminuyan sus gastos de mantenimiento y puedan ofrecerle una opción de compra al inquilino", comentó.

Cabe señalar que el beneficio tributario con el cual se gozará de la exoneración del IGV durante tres años (contados a partir de la entrada en vigencia del Decreto Legislativo en mención), se aplica a las personas jurídicas, que se dediquen a las actividades de construcción, arrendamiento financiero o inmobiliaria.

 

 

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