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Bono de alquiler: puedes perder el subsidio si cometes estas infracciones

Gobierno publicó hoy el reglamento que permite a jóvenes acceder a viviendas
Gobierno publicó hoy el reglamento que permite a jóvenes acceder a viviendas | Fuente: Andina

Gobierno publicó el reglamento que permitirá a los jóvenes menores de 40 años acceder a un subsidio de S/500  mensual para arrendar una casa.

El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) aprobó el reglamento de la Ley que crea el Bono de Arrendamiento para Vivienda (BAV) de parejas jóvenes y de bajos recursos.

Sin embargo, la norma establece las razones por las que el beneficiado puede perder el bono. ¿Cuáles son?

> Si el beneficiado incumple pagar el BAV por dos meses consecutivos.

> En caso se subarrenda la vivienda en arrendamiento

> Cuando el Fondo Mi Vivienda verifica que el arrendatario (persona que usa la vivienda del arrendador cambio de un pago) se encuentra dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad respecto al arrendador de la vivienda.

> Por actos realizados por el inquilino que impidan el buen desarrollo de la convivencia vecinal.

> Suspensión del alquiler por más de un año o ante la acumulación de periodos de suspensión que en conjunto sumen más de un año.

> Incumplimiento de los requisitos establecidos en el presente Reglamento.

Los beneficiarios que incurran en las tres primeras causales no podrán participar en beneficio alguno que otorgue el Sector Vivienda, correspondiendo la devolución del bono más los intereses legales que se determinen; y, a solicitud del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a través del Fondo MiVivienda, serán incluidos en el Registro de Deudores Judiciales Morosos.

En el caso de vencimiento del contrato de arrendamiento de inmueble o, ante la imposibilidad de renovación inmediata o, discontinuidad del mismo, el beneficiario puede solicitar la suspensión del otorgamiento del bono por el plazo máximo de un año contabilizado de forma consecutiva o por la suma de periodos que en conjunto no excedan el plazo de un año.

En el caso de la suspensión temporal del otorgamiento del bono conforme a lo señalado en el párrafo anterior también se suspende el cómputo del plazo de los cinco años de otorgamiento del bono.

“Es importante señalar que un requisito para obtener el BAV de S/ 500.00 es que el contrato de alquiler se debe suscribir ante un notario o un juez de paz acreditado por el FMV, en presencia del arrendador. La inscripción debe hacerse en el Formulario Único de Arrendamiento de Inmueble destinado a vivienda (FUA)”, señaló el titular del sector, Ministro Miguel Estrada.

Asimismo, recordó que el bono es un subsidio que se otorgará con periodicidad mensual y por un tiempo máximo de 5 años, debiendo tener los interesados un ingreso mensual máximo hasta S/ 3,538.

Los grupos beneficiarios deben estar conformados como mínimo por dos personas, pudiendo ser padres e hijos, hermanos, esposos, convivientes sin impedimento matrimonial o amigos; además de no ser propietario, ni copropietario de vivienda, terreno o aires independizados para vivienda.

El valor mínimo de la renta mensual es S/ 750 y el máximo S/ 1,560. El 70% del bono es destinado a la renta mensual (S/ 350) y el 30% restante irá al ahorro (S/ 150).

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