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Declaración jurada: ¿Qué hacer si no la presentó a tiempo?

Pagará multas entre S/ 1925 y S/ 3850 si no declaró IR a tiempo
Pagará multas entre S/ 1925 y S/ 3850 si no declaró IR a tiempo | Fuente: RPP Noticias

Si no realizó su Declaración Jurada de Impuesto a la Renta a tiempo podría pagar una multa entre S/ 1925 y S/ 3850

Si usted no declaró el Impuesto a la Renta dentro del calendario de pagos del 23 de marzo al 8 de abril, todavía puede hacerlo. Sin embargo, deberá pagar una multa que podría rebajarse hasta en un 90%, señaló el tributarista y socio del Estudio Ferrero, Walker Villanueva.

Las personas naturales y las jurídicas que pertenecen al Régimen Especial del Impuesto a la Renta, es decir empresas que facturen hasta 525 000 soles, deberían pagar una multa de media Unidad Impositiva Tributaria (UIT), equivalente a 1925 soles. En cambio, las empresas del Régimen General tendrían que pagar una multa de una UIT o 3850 soles. En ambos casos se puede conseguir una rebaja en las multas de hasta el 90%.

"Al igual que el caso anterior tiene un régimen de rebaja del 90%, si es que se subsana voluntariamente. Y si es Sunat notifica y se subsana después de la notificación de Sunat que se llama notificación inducida la rebaja solo es del 60%", precisó Villanueva.

Pero ¿qué sucede si no tiene el dinero para pagar sus impuestos? puede presentar una solicitud de fraccionamiento a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) para dividir la deuda en cuotas por hasta  seis años a un tasa de interés de 11.92% anual. Sino, corre el riesgo de que se embarguen sus cuentas o propiedades. Sin embargo, en este caso el descuento si se adelanta a la notificación de Sunat no será de 90%, sino de 80%.

"La solicitud de fraccionamiento tiene que ser casi inmediata, casi simultánea, porque cuando uno presenta declaración frente al fisco, y no paga el fisco tiene facultades para hacer el cobro coactivo, que puede embargar las cuentas de las personas, puede embargar propiedades, vehículos", detalló Villanueva.

Si usted tiene que declarar extemporáneamente, pierda cuidado con los procedimientos, porque deberá llenar los mismos formularios en la web de la Sunat, como si lo hubiera hecho en las fechas indicadas, así como los pagos.

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