Las universidades públicas y privadas del país pueden crear, ofrecer o admitir estudiantes en programas de pregrado 100 % virtuales, siempre que usen plataformas tecnológicas debidamente certificadas.
La Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas de Indecopi declaró ilegales las disposiciones de Sunedu que prohibían a las universidades ofrecer programas de pregrado completamente virtuales.
Estas restricciones estaban contenidas en la Resolución de Consejo Directivo N° 0006-2024-SUNEDU-CD.
Con esta decisión, las universidades públicas y privadas del país pueden crear, ofrecer o admitir estudiantes en programas de pregrado 100 % virtuales, siempre que usen plataformas tecnológicas debidamente certificadas.
Indecopi aclaró que esta medida no desconoce la labor de Sunedu para supervisar y fiscalizar la calidad universitaria, pero recordó que dichas funciones deben respetar las normas nacionales vigentes.
La Resolución 0180-2024/SEL-INDECOPI es pública y puede ser revisada a continuación: