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Desde hoy fraccionar una deuda tributaria tomará menos tiempo

ANDINA
ANDINA

Para las solicitudes de fraccionamiento por montos de hasta 3 UIT, es decir 11 mil 550 soles y por plazos que no superen los 12 meses, no será necesario el pago de la cuota de acogimiento.

Desde hoy entra en vigencia el nuevo Reglamento de Fraccionamiento de las deudas tributarias, que reduce de 45 a cinco días el tiempo para realizar este trámite.

El reglamento establece que, para las solicitudes de fraccionamiento por montos de hasta 3 UIT (para el 2015 está fijada en S/.3,850) es decir 11 mil 550 soles y por plazos que no superen los 12 meses, no será necesario el pago de la cuota de acogimiento.

Y para los que superen estas condiciones, la cuota de acogimiento se fijará en función del monto total de la deuda a fraccionar y del plazo solicitado.

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat), indicó que este nuevo reglamento también establece la posibilidad de presentar más de una solicitud de fraccionamiento aun teniendo uno vigente, siempre que no tenga una resolución de pérdida por incumplimiento en los pagos.

Apartir del ejercicio 2015 las personas naturales obligadas a presentar la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta podrán solicitar el fraccionamiento al momento de presentarla. Mientras que las  empresas desde el primer día hábil del mes de mayo del ejercicio en el cual se produce su vencimiento.

Para el caso de deudas mayores a 100 UIT (S/.385,000) de empresas, se ha dispuesto que el deudor otorgue garantías en función al monto a fraccionar.

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