La Ley que amplía las modalidad formativas está dirigido a los jóvenes que busquen realizar sus prácticas preprofesionales y profesionales en el Estado.
El Gobierno oficializó hoy mediante un decreto legislativo, la ley que permite al Estado contratar a jóvenes para que puedan realizar sus prácticas preprofesionales y profesionales en el sector público, cuyo pago mensual no podrá ser menor al sueldo mínimo vigente de 930 soles.
Contratarán practicantes
El decreto legislativo N° 1401 que aprueba el régimen especial que regula las modalidades formativas de servicios en el sector público fue emitido a través del pedido de facultades delegadas solicitadas al Congreso y aprobadas por esta institución en junio de este año.
El dispositivo legal publicado en el Diario Oficial El Peruano indica que el ámbito de aplicación de la presente norma comprende a todas las entidades del sector público, independientemente del régimen laboral al cual se encuentran sujetas.
Prácticas preprofesionales
Está dirigida a los estudiantes que cursen el último o los dos últimos años de estudios, según corresponda, excepto en los casos que el plan de estudios contemple un criterio distinto para la realización de prácticas, caso en el cual prevalecerá este último.
El convenio y las prácticas preprofesionales no podrán extenderse más allá de dos años aun en el caso de que dichas prácticas se desarrollen en más de una entidad, a excepción de los casos en los que el plan de estudios contemple un criterio distinto para la realización de prácticas, situaciones en las que prevalecerá este último. El convenio de prácticas preprofesionales caduca automáticamente al adquirirse la condición de egresado.
La jornada semanal máxima de las prácticas preprofesionales no será superior a seis horas cronológicas diarias o 30 horas semanales.
Prácticas profesionales
El período de esta modalidad solo puede desarrollarse dentro de los 12 meses siguientes a la obtención de la condición de egresado. Vencido dicho plazo, el convenio y las prácticas profesionales caducan automáticamente.
La jornada semanal máxima de prácticas profesionales no será superior a ocho horas cronológicas diarias o 48 horas semanales.
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