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Este 31 de octubre ha sido declarado día no laborable

Los días declarados como no laborables no generan pagos adicionales por trabajar esos días. El pago es como cualquier día laborado.
Los días declarados como no laborables no generan pagos adicionales por trabajar esos días. El pago es como cualquier día laborado. | Fuente: GETTY

Existen sectores económicos que debido a su naturaleza no pueden parar y por ende sus trabajadores tendrán que trabajar con normalidad.

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Feriado largo a nivel nacional. El Gobierno peruano declaró día no laborable el jueves 31 de octubre a nivel nacional, según el Decreto Supremo Nº 002-2019-PCM publicado en enero de este año en las Normas Legales del diario oficial El Peruano. 

Esta fecha se suma al feriado viernes 1 de noviembre (Día de Todos los Santos).

Días de descanso

Los días declarados como no laborables no generan pagos adicionales por trabajar esos días. La medida es aplicable para trabajadores del sector público y privado y serán compensables.

Si laboras en el sector público el día declarado no laborable a nivel nacional no estarás obligado (a) a trabajar pero las horas dejadas de laborar tendrás que devolverlas dentro de los 10 días inmediatos posteriores al día de descanso. La entidad pública puede proponer una fecha especial de compensación.

Para la empresa privada este día será libre bajo acuerdo entre los trabajadores y empleadores, quienes en conjunto deberán establecer la forma de cómo se haría efectiva la recuperación de las horas dejadas de laborar. A falta de acuerdo, decidirá el empleador.

Según la norma, la recuperación de las horas y del día no laborados se sujeta a parámetros de razonabilidad y no afecta el descanso semanal obligatorio del trabajador. En ningún caso, el tiempo de trabajo que comprende la recuperación de horas puede ser mayor al periodo dejado de laborar.

No pueden parar

Existen actividades productivas que no pueden parar durante los feriados y/o días no laborables: electricidad, agua y saneamiento, telecomunicaciones, sanitario, salubridad, transporte, puertos y aeropuertos, industrias mineras y de hidrocarburos, cuyos ritmos lo impiden u otros sectores cuyo ritmo se incrementa naturalmente como restaurantes, hoteles, centros comerciales, etc. Ello con la finalidad de garantizar la continuidad de los servicios. 

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