Para el 2024 se sumaron nuevos feriados al calendario peruano. Aquí te contamos en que casos te pagan extra por trabajar en estas fechas.
A pocas semanas de terminar el 2023, miles de trabajadores ya se preguntan cuáles serán los feriados que tendremos para el próximo año.
Para el 2024 tendremos nuevos días libres, pues este año el Congreso aprobó por insistencia y promulgó un nuevo feriado para el 7 de junio por el Día de la Bandera y luego dio luz verde al feriado del 23 de julio por el Día de la Fuerza Aérea del Perú.
Este es el listado de los 16 feriados aprobados para el próximo año:
- Lunes 1 de enero: Año Nuevo
- Jueves 28 y viernes 29 de marzo: Jueves y Viernes Santo
- Miércoles 1 de mayo: Día del Trabajo
- Viernes 7 de junio: Batalla de Arica y Día de la Bandera
- Sábado 29 de junio: San Pedro y San Pablo
- Martes 23 de julio: Día de la Fuerza Aérea del Perú
- Domingo 28 y lunes 29 de julio: Fiestas Patrias
- Martes 6 de agosto - Batalla de Junín
- Viernes 30 de agosto- Santa Rosa de Lima
- Martes 8 de octubre - Combate de Angamos
- Viernes 1 de noviembre - Día de Todos los Santos
- Domingo 8 de diciembre - Día de la Inmaculada Concepción
- Lunes 9 de diciembre - Batalla de Ayacucho
- Miércoles 25 de diciembre - Navidad
¿Cuál es la diferencia entre un feriado y un día no laborable?
Ten en cuenta que los feriados y los días no laborables no son iguales, pues los feriados son definidos por ley, mientras que los días no laborables son decretados por el Gobierno.
Normalmente cuando un trabajador labora durante un feriado debe recibir un triple pago por esa jornada laborada. Sin embargo, esto no aplica para los días no laborables.
¿Cuánto te pagan por trabajar un día feriado?
Tradicionalmente los feriados son fechas para que los trabajadores y estudiantes tomen una pausa a sus labores cotidianas, pero en algunas empresas los empleados deben continuar trabajando debido a la naturaleza de sus actividades, lo que implica una remuneración extra.
Por ejemplo: si un trabajador percibe S/ 1,200 mensuales, su remuneración diaria equivale a S/ 40 (1,200 entre 30 días), y si trabaja durante el feriado deberán pagarle S/ 120 solo por ese día de trabajo. Como S/ 40 de esos S/ 120 ya los recibe dentro de su pago regular, lo que le darían adicional serían unos S/ 80.
Según la Cámara de Comercio de Lima, no se considera un día laborado en feriado cuando el turno de trabajo se inicie en día laborable y concluya en día feriado.
Además, los trabajadores que durante los feriados estén gozando de vacaciones anuales no tienen derecho al pago de remuneración adicional por el feriado, pues, antes del descanso vacacional la empresa les pagó sus remuneraciones, que incluye el referido feriado.
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