Buscar
RPP Noticias
Estás escuchando En vivo
 
00:00 / 00:00
Lima
89.7 FM /730 AM
Arequipa
102.3 FM / 1170 AM
Chiclayo
96.7 FM / 870 AM
Huancayo
97.3 FM / 1140 AM
Trujillo
90.9 FM / 790 AM
Piura
103.3 FM / 920 AM
Cusco
93.3 FM
Cajamarca
100.7 FM / 1130 AM
La información más relevante de la actualidad al momento
Actualizado hace 0 minutos
Entrevistas ADN
Desde el sábado puerto de Chancay comenzará a operar carga, anunció gerente general adjunto del concesionario
EP 1748 • 08:36
El Club de la Green Card
¿Quiénes pueden recibir la pensión de un familiar fallecido en EE.UU.?
EP 124 • 01:30
RPP Data
¿Qué hacer para que Lima Metropolitana no siga creciendo de forma desordenada?
EP 237 • 02:58

Indecopi desmintió que el Libro de Reclamaciones haya desaparecido

Todo establecimiento está obligado a brindar un Libro de Reclamaciones. En caso el proveedor se oponga, el consumidor puede denunciarlo presentando pruebas de la negativa, que podrían ser la grabación de un video, una foto o un audio.
Todo establecimiento está obligado a brindar un Libro de Reclamaciones. En caso el proveedor se oponga, el consumidor puede denunciarlo presentando pruebas de la negativa, que podrían ser la grabación de un video, una foto o un audio. | Fuente: Andina

Por el contrario, ahora será una herramienta más rápida y eficaz para promover la conciliación entre proveedores y consumidores.

Todas las noticias en tu celular
¡Únete aquí a nuestro canal de WhatsApp!

El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) anunció, este miércoles, que el Libro de Reclamaciones no ha desaparecido como lo venían denunciando algunos internautas. Explicó en un comunicado que esto se debe a una malinterpretación de una disposición que entró en vigencia el martes.

En el artículo 6-A del Decreto Supremo N° 058-2017-PCM  se establece que ante el registro de un reclamo, si el consumidor acepta la propuesta del proveedor para solucionar el problema se puede dar por solucionado el reclamo.  Dicho acuerdo deberá registrarse expresamente bajo la denominación “acuerdo aceptado para solucionar el reclamo”.

Si no hay acuerdo. La nueva disposición también asegura la defensa del consumidor, pues de no llegar a un acuerdo inmediato se proseguirá con el trámite tradicional.

"En caso la solución ofrecida no sea presencial, el proveedor puede remitir su ofrecimiento de solución al consumidor afectado por la vía electrónica o emplear cualquier otro medio que permita dejar constancia documental de su propuesta", explicó el Indecopi a través de una nota de prensa.

La modificación corresponde a un plan de acciones para fortalecer al Libro de Reclamaciones.
La modificación corresponde a un plan de acciones para fortalecer al Libro de Reclamaciones. | Fuente: Indecopi

Tags

Lo último en Economía

Lo más leído

Suscribirte al boletín de tus noticias preferidas

Suscríbete a nuestros boletines y actualiza tus preferencias

Buzon
Al suscribirte, aceptas nuestras políticas de privacidad

Contenido promocionado

Taboola
SIGUIENTE NOTA