Por el contrario, ahora será una herramienta más rápida y eficaz para promover la conciliación entre proveedores y consumidores.
El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) anunció, este miércoles, que el Libro de Reclamaciones no ha desaparecido como lo venían denunciando algunos internautas. Explicó en un comunicado que esto se debe a una malinterpretación de una disposición que entró en vigencia el martes.
En el artículo 6-A del Decreto Supremo N° 058-2017-PCM se establece que ante el registro de un reclamo, si el consumidor acepta la propuesta del proveedor para solucionar el problema se puede dar por solucionado el reclamo. Dicho acuerdo deberá registrarse expresamente bajo la denominación “acuerdo aceptado para solucionar el reclamo”.
Si no hay acuerdo. La nueva disposición también asegura la defensa del consumidor, pues de no llegar a un acuerdo inmediato se proseguirá con el trámite tradicional.
"En caso la solución ofrecida no sea presencial, el proveedor puede remitir su ofrecimiento de solución al consumidor afectado por la vía electrónica o emplear cualquier otro medio que permita dejar constancia documental de su propuesta", explicó el Indecopi a través de una nota de prensa.
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