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La Rosa Náutica: Multan a restaurante por entregar cartas con precios a varones y sin precios a mujeres

El Indecopi da a conocer esta decisión al amparo del artículo 123 del Código de Protección y Defensa del Consumidor.
El Indecopi da a conocer esta decisión al amparo del artículo 123 del Código de Protección y Defensa del Consumidor. | Fuente: DIFUSIÓN

El Indecopi señaló que el trato diferenciado se basa en un estereotipo, limitando el ejercicio del derecho a la información que tienen todas las personas.

El Indecopi multó al restaurante La Rosa Náutica con 210 mil soles por actos de discriminación, al entregar cartas de comida con precios a varones y cartas sin precios a mujeres, cuando acudían en pareja.

Discriminación

La Sala Especializada en Protección al Consumidor del Tribunal del Indecopi sancionó con 50 unidades impositivas tributarias (UIT) al restaurante La Rosa Náutica S.A en segunda y última instancia administrativa.

"Personal del restaurante entregaba cartas de comida diferenciadas para varonres (con precios) y para mujeres (sin precios), cuando acudían en pareja, sin existir razones objetivas y necesarias para ello", detalló la institución fiscalizadora.


La denuncia contra la citada empresa la interpuso la Asociación de Consumidores Indignados Perú. Según el Indecopi, La Rosa Náutica incurrió en actos de discriminación, vulnerando los artículos 1° numeral 1.1. literal d) y 38° del Código de Protección y Defensa del Consumidor.

El Indecopi desestimó el principal alegato de la denunciada. La Rosa Náutica se defendió indicando que el trato diferenciado entre mujeres y varones era parte de su política interna.

"Consistía en enaltecer la posición de la mujer, considerando como un halago el hecho de que pueda pasar una velada romántica y agradable en pareja, sin tomar en cuenta el costo de los servicios", indicó el restaurante ubicado en la Costa Verde.

Por su parte, la entidad fiscalizadora, señaló que el trato diferenciado brindado estaba basado en la generalización o preconcepción que se hacía de las personas, en razón de su pertenencia a un determinado género (estereotipo), ocasionando un menoscabo o limitación del goce y/o ejercicio del derecho a la información que tienen todas las personas, incluidas las mujeres, dado que no podían conocer el precio de los productos que deseaban consumir cuando revisaban la carta de comida (sin precios) que les entregaban.

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