La Ley de Control de fusiones aplicará a empresas cuyos ingresos anuales superen en conjunto S/ 495.6 millones.
El Gobierno emitió hoy un decreto de urgencia que aprueba la ley de control previo de fusiones y adquisiones empresariales, que busca promover la eficiencia económica en todos los mercados para el bienestar de los consumidores.
Ley antimonopolio
Este procedimiento busca promover el funcionamiento eficiente de los mercados, evitando aquellas fusiones que puedan generar una restricción significativa de la libre competencia que perjudique al consumidor.
Mediante el Decreto de Urgencia Nº 013-2019, publicado hoy en el Diario Oficial El Peruano, se determinó que están comprendidos en esta ley los actos de concentración empresarial, conforme a los umbrales previstos, que produzcan efectos en el territorio nacional, incluyendo actos de concentración que se realicen en el extranjero y vinculen directa o indirectamente a agentes económicos que desarrollan actividades económicas en el país.
Los parámetros
La ley de control de fusiones empresariales aplicará a empresas cuyos ingresos anuales conjuntos tengan un valor igual o superior a 118 mil UIT, es decir S/ 495.6 millones. Estos umbrales se calculan sobre la base de las ventas totales a nivel nacional de las empresas involucradas.
Asimismo, el valor de las ventas o ingresos brutos anuales en el país de al menos dos de las empresas involucradas en la operación de concentración empresarial hayan alcanzado durante el ejercicio fiscal anterior a aquel en que se notifique la operación, un valor igual o superior a 18,000 UIT o S/75.6 millones cada una.
La norma indica que si antes de su ejecución la operación de concentración empresarial se encuentra comprendida dentro del umbral previsto, los agentes económicos presentan una solicitud de autorización ante la Comisión de Defensa de la Libre Competencia del Indecopi, la cual se tramita bajo el procedimiento de control previo establecido en el presente decreto de urgencia.