Ministerio de Economía publicó nueva tabla de multas de la Ley General de Aduanas.
La Sunat anunció la reducción de las infracciones previstas en la Ley General de Aduanas, dada por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) en la última semana.
La rebaja de sanciones se dio a conocer a través del Decreto Supremo Nº 001-2013-EF, publicado la semana última en el diario oficial El Peruano.
En la nueva tabla de infracciones figura la reducción de 5 UIT (S/. 18.500) a 3 UIT (S/. 11.100) a la sanción aplicable a los despachadores de aduana por importar o exportar mercancías prohibidas.
También la rebaja de 2 UIT (S/. 7.400) a 1 UIT (S/. 3.700) a la sanción por importar mercancías restringidas sin contar con la documentación exigida por las normatividad de los sectores competentes.
De igual manera hay una disminución en la sanción que se impone cuando las mercancías no figuran en el manifiesto de carga: de 3 UIT (S/. 11.100) a 1 UIT (S/. 3.600) para la vía marítima y de 3 UIT(S/. 11.100) a 0.5 UIT (S/. 1.850) para la vía aérea y otras vías.
“Esta reducción también beneficia a los agentes de carga y a las empresas de envíos de entrega rápida que cometen infracciones similares”, acotó el ente recaudador.
Finalmente informó que tras los cambios ahora se sancionará con 3 UIT (S/. 11.100) a los operadores de comercio exterior que no sometan las mercancías al control no intrusivo a su ingreso, traslado o salida del territorio nacional, por tratarse de una infracción muy grave.
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