Buscar
RPP Noticias
Estás escuchando En vivo
 
00:00 / 00:00
Lima
89.7 FM /730 AM
Arequipa
102.3 FM / 1170 AM
Chiclayo
96.7 FM / 870 AM
Huancayo
97.3 FM / 1140 AM
Trujillo
90.9 FM / 790 AM
Piura
103.3 FM / 920 AM
Cusco
93.3 FM
Cajamarca
100.7 FM / 1130 AM
La informacion mas relevante de la actuaidad al momento
Actualizado hace 0 minutos
Metadata
METADATA | E246: ¿Mi PC Windows podrá utilizar Copilot+? Lo que Apple prepara para la IA y qué celulares BBB puedo encontrar en el mercado
EP 246 • 31:41
Detector de Mentiras
Detector de Mentiras: Clonan página web de RPP para promover falso proyecto de inversión
EP 54 • 01:36
El poder en tus manos
EP79 | INFORME | Congresistas con carta libre para postular en 2026: ¿los peruanos volverán a votar por ellos?
EP 79 • 03:00

Mincetur defiende a exportadores peruanos en Colombia

Agencia Andina
Agencia Andina

El 7 de diciembre del 2013 Colombia adoptó el Decreto 2010 mediante el cual estableció medidas de salvaguardia a las importaciones provenientes de la Comunidad Andina y Mercosur de cebolla, frijol, leche, lactosuero, tomate, arverja, papa, pera y queso.

El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo presentó un recurso de reconsideración solicitando la eliminación del contingente a las importaciones de cebolla peruana a Colombia, acción permitida por la Secretaría General de la Comunidad Andina

La posición peruana defiende que las exportaciones de cebolla no afectan a la producción nacional colombiana y no deben tener ninguna restricción cuantitativa de acceso.

El 7 de diciembre del 2013 Colombia adoptó el Decreto 2010 mediante el cual estableció medidas de salvaguardia a las importaciones provenientes de la Comunidad Andina y Mercosur de cebolla, frijol, leche, lactosuero, tomate, arverja, papa, pera y queso.

Así el Perú inició el caso ante la Secretaría General de la Comunidad Andina, organismo que el 4 febrero último dejó sin efecto las medidas aplicadas por Colombia, excepto para el caso de la cebolla, producto para el cual autorizó la aplicación de un contingente a importaciones originarias del Perú, con cero aranceles para 76 795 toneladas anuales. Las importaciones fuera del contingente pagarían el arancel vigente. Cabe señalar que durante el 2013 las exportaciones de cebollas peruanas a Colombia alcanzaron las 55 129 toneladas.

Asimismo Colombia también presentó un recurso de reconsideración ante la SGCAN, pidiendo la autorización de la totalidad de las medidas de salvaguardas a nueve productos que adoptó mediante el Decreto 2210.

Por su lado Perú tendrá hasta el 9 de abril para presentar comentarios y observaciones a la reconsideración solicitada por Colombia, teniendo en cuenta que la SGCAN se pronunciará máximo el 20 de abril.

Tags

Lo último en Economía

Lo más leído

Suscribirte al boletín de tus noticias preferidas

Suscríbete a nuestros boletines y actualiza tus preferencias

Buzon
Al suscribirte, aceptas nuestras políticas de privacidad

Contenido promocionado

Taboola
SIGUIENTE NOTA