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MTPE: Más de un millón trabajadores podrán elegir banco para cobrar sueldos

Foto: RPP (Referencial)
Foto: RPP (Referencial)

La ministra de Trabajo y Promoción del Empleo, Manuela García, dijo que se aplicarán multas de hasta 72,000 soles a empleadores que restrinjan este derecho a sus empleados.

La ministra de Trabajo y Promoción del Empleo, Manuela García, informó que un millón 252,637 empleados del sector privado formales se beneficiarían con el decreto supremo que permitirá a los trabajadores elegir la entidad financiera de su preferencia para el depósito de sus remuneraciones.

Esta población, que actualmente recibe sus remuneraciones a través de cuentas bancarias, representa el 58 por ciento de los trabajadores registrados en las planillas electrónicas a junio de 2009.

Explicó que según la norma los trabajadores tendrán diez días hábiles, después de iniciado el vínculo laboral, para comunicar al empleador el nombre de la empresa del sistema financiero elegida y, de ser el caso, el número de la cuenta.

Sólo si el trabajador no informa al empleador sobre el banco elegido vencido este plazo, la remuneración podrá ser depositada en cualquier entidad del sistema financiero donde se ubique el centro laboral en que presta servicios.

Durante la vigencia de la relación laboral, el trabajador podrá comunicar al empleador, dentro de los primeros diez días hábiles del mes correspondiente al pago de la remuneración, el cambio de la entidad financiera y el número de la cuenta donde deben abonarle su sueldo.

"Se aplicarán multas de hasta 72,000 nuevos soles a aquellos empleadores que restrinjan el derecho de sus empleados a elegir la entidad financiera en la que prefieren que se les depositen sus haberes."
 
Esto debido a que dicha infracción laboral es considerada muy grave, y por lo tanto se castigará con sanciones económicas altas, de acuerdo con el número de trabajadores afectados, subrayó.
 
Respecto a la aplicación de la norma en el sector público, García sostuvo que ésta se realizará progresivamente a los trabajadores, cualquiera sea su régimen, conforme lo disponga el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), a través de la Dirección Nacional del Tesoro Público.

"Este dispositivo legal entrará en vigencia al día siguiente de que el decreto supremo sea publicado en el Diario Oficial El Peruano", concluyó.

Andina

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