Gracias a las mejoras en el Libro de Reclamaciones desde abril próximo la persona que presenta su reclamo debe ser tratada de manera preferente sin hacer colas para ejercer su derecho.
Si antes era tedioso hacer un reclamo cuando un consumidor sentía que sus derechos estaban siendo vulnerados, eso cambiará gracias a las modificaciones que realizó el Indecopi en el reglamento del Libro de Reclamaciones.
Una de las principales mejoras se refiere al tiempo que el proveedor se tomaba para atender la queja del consumidor. A partir de ahora la persona que presenta su reclamo debe ser tratada de manera preferente e inmediata, sin hacer colas o esperar para ejercer su derecho.
Pero la fiscalización no solo se hará en los establecimientos comerciales, pues los proveedores que vendan sus productos o servicios a través de internet también deben contar con un libro de reclamaciones virtual.
“No habían sido considerados en la norma anterior, ahora incluso ellos están obligados a tener el libro. Y además en el mismo portal algunos proveedores lo que hacían era colocar el link del Libro de Reclamaciones en un lugar recóndito de la página web, ahora tiene que ser en el portal de entrada”, dijo Tessy Torres, gerente de fiscalización del Indecopi.
Y si usted estaba cansado de las constantes irregularidades en el servicio de transporte urbano, interprovincial e internacional, ahora será más fácil registrar su reclamo sin necesidad de trasladarse hasta los terminales de la empresa.
“Ahora todas las empresas de transporte cualquiera fuera el tipo, interurbano, fluvial tienen que tener un número de reclamos en sus unidades. Los consumidores va a poder a través de ese número registrar sus reclamos”, comentó.
La norma establece también que las empresas aéreas deberán contar con el libro de reclamaciones en la zona de embarque y desembarque de pasajeros en cada aeropuerto. Estas modificaciones entrarán en vigencia desde abril próximo.
Asimismo, aquellos proveedores que tengan ingresos anuales iguales o mayores a 3 mil UIT deberán reportar obligatoriamente al Indecopi las quejas registradas en su Libro de Reclamaciones.