Buscar
Reproduciendo
RPP Noticias
Estás escuchando En vivo
 
00:00 / 00:00
Lima
89.7 FM /730 AM
Arequipa
102.3 FM / 1170 AM
Chiclayo
96.7 FM / 870 AM
Huancayo
97.3 FM / 1140 AM
Trujillo
90.9 FM / 790 AM
Piura
103.3 FM / 920 AM
Cusco
93.3 FM
Cajamarca
100.7 FM / 1130 AM
La información más relevante de la actualidad al momento
Actualizado hace 0 minutos
El poder en tus manos
EP199 | INFORMES | Congreso proyecta gastar s/180.9 millones para renovar cinco edificios para la bicameralidad
EP 199 • 04:31
Informes RPP
Miguel Humberto Aguirre: “Mihua”, la voz de los apagones en los años 80 y 90
EP 1304 • 09:13
Reflexiones del evangelio
Martes 1 de julio | "¡Señor, sálvanos, que nos hundimos! Él les dijo: ¡Cobardes! ¡Qué poca fe!"
EP 1017 • 12:05

SBS pide a aseguradoras agotar esfuerzos para entregar indemnizaciones

Las aseguradoras están obligadas a pagar indemnizaciones del SOAT en caso de incapacidad temporal o invalidez permanente, muerte, gastos médicos, gastos de sepelio.
Las aseguradoras están obligadas a pagar indemnizaciones del SOAT en caso de incapacidad temporal o invalidez permanente, muerte, gastos médicos, gastos de sepelio. | Fuente: ANDINA

En el Perú el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) paga a los familiares de la víctima unos 6,404 dólares por muerte y gastos de sepelio.

La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) señaló que las empresas de seguros deben agotar todos los medios posibles para informar a los beneficiarios del SOAT su derecho a la indemnización.

Piden más información

La SBS ha publicado dos proyectos de circular, en su portal, con disposiciones para que las empresas de seguros y las Asociaciones de Fondos Regionales contra Accidentes de Tránsito (AFOCAT) tomen todas las medidas necesarias para informar sobre las indemnizaciones por muerte no reclamadas, originadas en accidentes de tránsito cubiertos por el seguro obligatorio de accidentes de tránsito (SOAT) o por el certificado contra accidentes de tránsito (CAT), respectivamente.

Respecto a las comunicaciones directas, que deben realizar las empresas de seguros/AFOCAT, se propone que estas entidades deben agotar todos los medios de notificación directa, utilizando sus propios archivos; o, de lo contrario, el domicilio de Reniec del fallecido o de los beneficiarios, que incluye una notificación debajo de la puerta del domicilio con doble visita.

Deben ubicarlos

El fiscalizador indicó que si no se logra contactar comunicación con los beneficiados, ya sea por desconocimiento del domicilio o por tratarse de un domicilio erróneo o de fallecidos no identificados, la aseguradora debe optar por publicaciones en medios de comunicación a nivel nacional y regional, utilizando el español así como el idioma predominante en la zona del accidente.

Asimismo, ahora será obligatorio que las compañías aseguradoras y las Afocat informen usando sus páginas web, la relación de personas fallecidas en accidentes de tránsito.

La SBS también plantea que las empresas de seguros/AFOCAT obligatoriamente deben publicar y actualizar la información sobre las indemnizaciones no reclamadas en sus páginas web. Dicha información debe ser actualizada al día 15 y al último día de cada mes; y debe ser publicada dentro de los tres días calendario siguientes al día 15 o último día del mes, según corresponda. La información debe encontrarse en un lugar visible y de fácil acceso al público.

Pese a que es obligatorio, el 40% de los vehículos en el país no cuenta con SOAT ni CAT.
Pese a que es obligatorio, el 40% de los vehículos en el país no cuenta con SOAT ni CAT. | Fuente: ANDINA

Video recomendado

Tags

Más sobre Economía

Lo más leído

SIGUIENTE NOTA