El impuesto del 12 % sobre las utilidades netas de estas plataformas, así como el Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) correspondiente al mes de enero, se declararán y pagarán en febrero a través de un formulario virtual, informó la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat).
Desde el 1 de enero, las empresas domiciliadas y no domiciliadas dedicadas a la explotación de juegos y apuestas deportivas a distancia están sujetas al pago del impuesto del 12 % sobre sus utilidades netas, además del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) a cada transacción realizada por los usuarios registrados en estas plataformas.
Lo recaudado en el primer mes de vigencia de estas obligaciones tributarias deberán ser declaradas y pagadas a través del Formulario Virtual N° 696, informó la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat). Este formulario virtual estará disponible en SUNAT Operaciones en Línea (SOL) a partir del 1 de febrero del presente año.
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La entidad explicó que las plataformas no domiciliadas deben presentar su declaración a través de la plataforma “Declaración y pago para no domiciliados”, mientras que las plataformas domiciliadas deben usar el servicio “Mis declaraciones y pagos”.
A la fecha son más de 60 las empresas que han sido autorizadas por el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur) para la explotación de la plataforma tecnológica de los juegos o apuestas deportivas a distancia.
El impuesto específico para estas plataformas es del 12 % sobre sus ganancias, mientras el ISC se aplica a cada transacción realizada y es asumida por los usuarios.
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