El laboralista Ricardo Herrera considera que la medida es insuficiente. ´Solo se sanciona con la crítica pública, pero no hay un elemento coercitivo eficaz´, apunta.
"Es un paso adelante en pro de garantizar el cumplimiento de las normas laborales, pero insuficiente. El proyecto es insuficiente porque me parece que se sanciona con la crítica pública al salir publicado en un registro que va manejar la SBS, una suerte de Infocorp laboral, pero solo cuando debe dinero, cuando debe beneficios laborales", dijo el experto en RPP.
"Sin embargo, ¿qué pasa con el empleador que pierde un juicio de reposición de un trabajador y se niega a reponer al trabajador? Me parece que se debería ampliar al proyecto en perspectiva de incluir en el registro a aquellos empleadores que incumplen con la reposición efectiva del trabajador", agregó.
Como se recuerda, la Comisión de Trabajo del Congreso aprobó por unanimidad el miércoles el proyecto de ley que crea el registro de empleadores morosos, que tiene por finalidad inscribir en el Ministerio de Trabajo a las empresas y a los accionistas con créditos laborales impagos como consecuencia de una sentencia emitida por el Poder Judicial.
La propuesta indica que dicho poder del Estado enviará mensualmente a la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) la lista actualizada de los empleadores morosos para que sea registrada en su central de riesgos. Incluso podrá ser entregada a las centrales de riesgo privadas.
"No se ha puesto en conocimiento público la consecuencia de estar en ese registro. Es importante que tenga un impacto concreto. Se le podría sancionar a este empleador con la imposibilidad de contratar con el Estado. No hay una sanción concreta que de alguna manera sea un elemento coercitivo eficaz para que las empresas cumplan con las obligaciones laborales", apuntó.
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