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¿Tienes una propiedad? Sunat modificó obligación de presentar declaración de predios

Los cambios para esta obligación anual entrarán en vigencia para la Declaración del año 2017 cuyos vencimientos son del 1 al 7 de junio del 2018.
Los cambios para esta obligación anual entrarán en vigencia para la Declaración del año 2017 cuyos vencimientos son del 1 al 7 de junio del 2018. | Fuente: ANDINA

Si eres dueño de dos o más predios por más de 150 mil soles, entonces no olvides que el viernes 1 de junio empiezan los vencimientos de esta obligación.

La Sunat informó que la declaración de predios valorizados en más de 150 mil soles, solo será obligatoria para aquellas propiedades que no están inscritas en los registros públicos.

Inician vencimientos

El ente recaudador esta decisión busca reducir los costos de cumplimiento de contribuyentes o ciudadanos obligados a presentar la Declaración de Predios. Los cambios para esta obligación anual entrarán en vigencia para la Declaración del año 2017 cuyos vencimientos son del 1 al 7 de junio próximos.

Según la Resolución de Superintendencia N° 135-2018/Sunat, publicada hoy se establece que los obligados a presentar la Declaración son las personas naturales, sociedades conyugales, sucesiones indivisas que al 31 de diciembre de cada año cumplan alguna de las siguientes condiciones:

1) Sean propietarios de dos o más predios no inscritos en el Registro de Sunarp cuyo valor total supera los S/150 mil.

2) Sean propietarios de dos o más predios no inscritos en el Registro de Sunarp, siempre que al menos dos de ellos hayan sido cedidos para realizar alguna actividad económica.

3) Sean propietarios de un solo predio no inscrito en el Registro de Sunarp, que supere los S/150 mil, y que haya sido subdividido o ampliado para cederlo a título oneroso o gratuito a terceros.

Excluidos

Asimismo, se exceptúa de la obligación de declarar a aquellas personas que únicamente deban modificar la información referida al valor del predio no inscrito en Registro de Sunarp que hubiera sido informado en la Declaración de Predios de años anteriores.

El cronograma se inicia este viernes 1 de junio, según el último dígito de RUC o DNI, de acuerdo al siguiente cuadro:

El medio para presentar la Declaración de Predios es el Formulario Virtual N° 1630 o el PDT Predios N° 3530 en el portal institucional www.sunat.gob.pe.

Para obtener más información, los contribuyentes o ciudadanos pueden comunicarse con la Central de Consultas telefónicas en los números 0-801-12-100 ó 315-0730, desde su celular llamando al *4000 o solicitar orientación en cualquier Centro de Servicios al Contribuyente de todo el país.

Están sujetos a esta obligación las personas naturales, las sociedades conyugales y las sucesiones indivisas domiciliadas o no, inscritas o no en el RUC, que sean propietarias (aún cuando, a la fecha ya no lo sean o continúen siéndolo).
Están sujetos a esta obligación las personas naturales, las sociedades conyugales y las sucesiones indivisas domiciliadas o no, inscritas o no en el RUC, que sean propietarias (aún cuando, a la fecha ya no lo sean o continúen siéndolo). | Fuente: ANDINA

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