Según la reciente resolución de Indecopi, las cadenas de cine tendrán que aceptar que sus clientes ingresen a las salas con 'snacks', equivalentes a los que expenden en sus locales.
Hasta el viernes 2 de marzo, las cadenas de cine Cinemark y Cineplanet tendrán plazo para retirar los carteles que obligan a los consumidores a no ingresar a las salas con alimentos que no hayan sido adquiridos en las las tiendas de estas franquicias. Así lo dio a conocer el ex presidente de la Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios (ASPEC), Jaime Delgado.
El también excongresista apuntó que esta resolución fue aprobada por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), que determinó que estas prácticas en las salas de cine son “abusivas y van contra el derecho del consumidor”, mediante sus resolución 0243-2018/SPC-Indecopi.
¿Qué puedo llevar?
En conversación con RPP Noticias, Delgado señaló que se puede llevar “todos los productos iguales o que equivalen a lo que ofrecían las salas de cine”. Es decir, todo lo que es considerado como ‘snack’ y que no deje malos olores en la sala.
Delgado criticó el actual sistema que venían realizando las cadenas de cine. “La cláusula abusiva indicaba ‘prohibido comer en mis salas de cine salvo que me compren los productos a mi’. Eso se ha considerado abusivo porque es una limitación al derecho del consumidor en la libre elección”, señaló.
Comparte esta noticia